Última actualización: 13/10/2025

Descripción

  • Referencia
    71032
  • Descripción

    Solicitud para determinar si una niña o niño menor de 6 años necesita recibir atención temprana, por presentar alteraciones en el desarrollo, discapacidad o riesgo de padecerla o dependencia. La persona menor debe haber sido derivada previamente por los profesionales del ámbito sanitario y educativo.

    El reconocimiento de la necesidad de atención temprana permite a los representantes legales del menor solicitar el acceso a un centro de la red pública de atención temprana de servicios sociales.

    El objetivo es favorecer el óptimo desarrollo y la máxima autonomía personal de las personas menores y facilitar su integración familiar y social y su calidad de vida.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

Representantes legales de personas menores de 6 años derivadas al Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil por alguno de estos profesionales:

  1. Profesionales sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS)
  2. Profesionales de la red de orientación especializada educativa.

Requisitos

  1. Tener menos de 6 años.
  2. Tener algún trastorno del desarrollo, discapacidad o riesgo de padecerla o dependencia.
  3. Residir en la Comunidad de Madrid (tanto la persona menor como sus familiares).
  4. Haber sido derivada al ámbito de los servicios sociales (Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil) por profesionales sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) o profesionales de la red de orientación especializada educativa a través del Registro Único de Atención Temprana.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Tarjeta sanitaria de la persona menor.
  2. Certificación del Registro Civil que acredite los datos familiares.
  3. Informes sanitarios actualizados solo si el menor no dispone de historia clínica sanitaria en el Servicio Madrileño de Salud.
  4. En su caso, documentación que acredite la representación legal de la persona menor.
  5. En caso de abandono: denuncia policial o demanda judicial.
  6. En caso de conflictos parentales judicializados: resolución judicial que se pronuncie sobre la patria potestad.
  7. En caso de violencia de género: resolución administrativa o judicial que adopta medidas de protección a favor de la mujer o los menores a su cargo.
  8. En el caso de Acogimiento en Centros Residenciales, documento que acredite el alta en el centro.
  9. En el caso de Acogimiento Familiar, certificado de acogimiento que la Administración entrega a la familia.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF o NIE de las personas solicitantes (progenitores o representantes legales).
  2. NIF o NIE de la persona menor, en caso de que aplique.
  3. Certificado o volante familiar de empadronamiento en un municipio de la Comunidad de Madrid.
  4. Historia clínica sanitaria de la persona menor del Servicio Madrileño de Salud.
  5. Certificado de defunción.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Cumplimentar y accede a tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no finalizas su cumplimentación, queda guardado como borrador en Mis Gestiones.
  4. Adjunta los documentos y pulsa Firmar y enviar solicitud para finalizar.

Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Presentación presencial

Puedes realizar este trámite de forma presencial, salvo que seas una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Pulsa Tramitar y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa Acceder al formulario. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Una vez relleno, pulsa Descargar formulario para descargarlo en formato PDF e imprimirlo.
  4. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados para ello.

Recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Punto de información y atención al ciudadano de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social
  • Dirección: Calle O'Donnell, 50. 28009 Madrid
  • Correo electrónico: prestacioneseconomicas@madrid.org
  • Teléfono: 913925686

Documentación de interés

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

El Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI) te citará para una entrevista y valoración presencial en las dependencias del CRECOVI.

El equipo de valoración infantil puede realizar la valoración sin cita presencial, si la documentación que consta en el expediente y en los sistemas de información de los servicios públicos de salud, servicios sociales y educación, aporta información objetiva y suficiente para realizarla.

Con la información recogida, la comisión de valoración del CRECOVI emitirá un dictamen en el que se determinará si la persona menor necesita atención temprana, el tipo de intervención recomendada y el plazo de validez de la resolución.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Decreto 76/2025, de 01 de octubre , del Consejo de Gobierno, de atención temprana en la Comunidad de Madrid.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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