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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas que tienen una discapacidad física, mental, intelectual o trastorno del desarrollo, sensorial, enfermedad rara u otras.
Requisitos
- Ser español o extranjero residente legalmente en España.
- Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid.
- Poseer informes médicos actualizados que acrediten la discapacidad alegada.
A continuación, se indican los requisitos de la documentación a presentar para el reconocimiento inicial del grado de discapacidad, así como los requisitos para solicitar su revisión:
Reconocimiento inicial del grado de discapacidad
Para agilizar la tramitación de tu expediente, recuerda no aportar copia íntegra de la Historia Clínica, ni informes o pruebas, en dispositivos de almacenamiento.
Aporta solamente los informes médicos actualizados en función de tu discapacidad alegada:
- Discapacidad física o sensorial
- Problemas de visión: informe del oftalmólogo que incluya la agudeza visual con corrección y, de existir defecto del campo visual, una campimetría.
- Problemas de audición: informe del otorrino acompañado de audiometría gráfica.
- Enfermedad cardiaca: informe de su cardiólogo con todos los detalles relativos a tratamiento, situación clínica actual, grado funcional de la NYHA, etc.
- Enfermedad respiratoria: informe de su neumólogo, acompañado de espirometría.
- Procesos reumáticos, traumáticos o degenerativos que cursen con afectación articular o de columna vertebral: informe del especialista correspondiente, con el resultado de las pruebas de imagen.
- Trasplantados: informe del servicio correspondiente que indique el grado de repercusión del tratamiento inmunosupresor y, en trasplantes renales, la función renal expresada como aclaración de la creatinina, filtrado glomerular; y en trasplantes hepáticos, función hepática.
- Enfermedades endocrinas: informe del especialista indicando la situación clínica y el tratamiento. En el caso de padecer diabetes mellitus también deberá hacerse constar las repercusiones de la misma a otros niveles si las hubiese. En caso de afectación de la retina, véase apartado a. Problemas de visión.
- Enfermedades digestivas: Informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento. En los casos que cursen en brotes, frecuencia, intensidad y duración de los mismos, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.
- Enfermedades neurológicas: Informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento. En los casos que cursen en brotes, frecuencia, intensidad y duración de los mismos, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.
- Neoplasias: Informe del especialista indicando la situación clínica, que incluya el estadío TNM al diagnóstico, y la fase del tratamiento y en caso de secuelas, indicación de las mismas.
- Enfermedades hematológicas: Informe del especialista, indicando la situación clínica y tratamiento. En caso de infección por VIH/SIDA: estadío CDC, poblaciones linfocitarias, carga viral y tratamiento
- Otras enfermedades: informe actualizado y detallado del especialista correspondiente.
- Discapacidad intelectual o mental
- Enfermedad mental: Informe actualizado del especialista (psiquiatra o psicólogo), indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución. Así mismo, podrá aportar informes de la red pública de atención social a personas con enfermedad mental en los que estuviera atendido.
- Trastornos mentales orgánicos (demencias, deterioro cognitivo) / trastornos neuropsicológicos: Informe actualizado del especialista (psiquiatría, neurología, neuropsicología y/o geriatría) indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución.
- Discapacidad intelectual: Informes que avalen el diagnóstico, con indicación de las pruebas realizadas
- Retraso madurativo y alteraciones del neurodesarrollo: En el caso de niños y adolescentes; es preciso aportar informes actualizados del especialista (pediatría, psiquiatría infanto-juvenil o neuropediatría) e informe escolar y/o psicopedagógico.
Revisión del grado de discapacidad reconocido
Puedes solicitar la revisión de grado en los siguientes plazos:
- Tres meses antes de que finalice la validez de la resolución emitida en aplicación del Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre.
- Trascurridos dos años desde la resolución inicial, si ésta es definitiva. Y excepcionalmente, antes de los dos años, si se acredita documentalmente que se han producido cambios sustanciales, en las circunstancias que motivaron el reconocimiento de grado, o un error cuya corrección implique cambio de grado reconocido.
La administración revisará de oficio el grado de discapacidad, si la Resolución se emitió a partir del 20 de abril del 2023, aplicando el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre.
Documentación
Ten en cuenta
Nos gustaría conocer tu opinión sobre las dificultades que has tenido, al realizar las actividades cotidianas de tu vida diaria, en los 30 días anteriores al día del reconocimiento. Si lo deseas, puedes rellenar este cuestionario a partir del día que recibas la cita, y entregarlo el día del reconocimiento.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Tarjeta Sanitaria
- Libro de Familia o documento que lo sustituya, solo para menores de edad.
- Si el solicitante no tiene nacionalidad española: acreditación administrativa de residencia legal en España.
- En caso de tener representante: documento acreditativo de la representación legal o guardador de hecho. Si el representante no tiene nacionalidad española: acreditación de la residencia legal en España del representante legal o guardador de hecho.
- Informes médicos y/o psicólogos actualizados, que avalen la discapacidad alegada. No se aportará copia íntegra de la historia clínica, ni informes y/o pruebas diagnósticas en dispositivos de almacenamiento electrónico(pen drive, CD, DVD y/o tarjeta de memoria, que comprometan la seguridad de los sistemas informáticos públicos.
- En caso de revisión por modificación de las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento del grado de discapacidad: Informes médicos y/o psicólogos actualizados, que acrediten esta modificación.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- DNI del interesado.
- En caso de tener representante: DNI del representante legal o guardador de hecho.
- Documento acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid (coincidente con el domicilio de residencia).
- Historia clínica sanitaria del Servicio Madrileño de Salud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad
- Puedes consultar cómo se obtiene la tarjeta accediendo al trámite
- En Documentación de interés se encuentra la relación de Centros Base.
Utilidades del Grado de Discapacidad
Si deseas conocer los beneficios o utilidades del reconocimiento del grado de discapacidad, consulta este documento.
Normativa
- Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (BOE nº 252, de 20 de octubre).
- Orden 1245/2020, de 14 de octubre, del Consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, por la que se modifican parcialmente los modelos de solicitud de tarjeta acreditativa de Grado de Discapacidad de la Comunidad de Madrid, regulada mediante la Orden 181/2014, de 30 de enero, de la Consejería de Asuntos Sociales, anteriormente modificada por la Orden 439/2015, de 7 de abril, de la Consejería de Asuntos Sociales, y la solicitud de reconocimiento del Grado de Discapacidad, modelo aprobado por la Resolución 117/2010, de 2 de febrero, de la Dirección General de Servicios Sociales, modificada parcialmente mediante la Resolución 939/2013, de 14 de marzo, de la Dirección General de Servicios Sociales (BOCM nº 270, de 4 de noviembre)
- Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOCM nº 309, de 29 de diciembre)
- Orden 181/2014, de 30 de enero, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se regula la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 40, de 17 de febrero).
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE nº 289, de 3 de diciembre).
- Orden 710/2000, de 8 de mayo, por la que se establece el procedimiento sobre reconocimiento, declaración y calificación del grado de Discapacidad (BOCM nº 116, de 17 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Ten en cuenta
Si vas a presentar la solicitud en tu Centro Base, antes de acudir, solicita cita a través de CITA PREVIA ON-LINE.
Consulta el Centro Base de atención a personas con discapacidad que te corresponde, según tu domicilio.
Presentación de solicitudes
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Si la documentación aportada tiene deficiencias o está incompleta, se te notificará para que aportes la documentación necesaria y subsanes los defectos observados, en el plazo de 10 días. Si no lo haces, tu solicitud se archivará sin más trámite.
- Citación para reconocimiento médico y/o psicológico y social en el Centro Base, si procede.
- Tras la valoración del expediente, se elabora un dictamen propuesta y se emite la Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad, que se te notificará a ti o a tu representante legal.
- Además, si el grado reconocido es igual o superior al 33%, se emite de oficio la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad en formato electrónico (para visualizar en la aplicación móvil “Tarjeta de discapacidad” de la Comunidad de Madrid). Para recibir de forma complementaria, la tarjeta en soporte físico, es necesario marcar en el formulario de solicitud la opción “Deseo que la tarjeta se emita en soporte físico”.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud