Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas que cuentan con informes sanitarios actualizados que acreditan la discapacidad alegada.
En el caso de menores de edad, sus progenitores o representantes legales.
Requisitos
- Ser español o extranjero residente legalmente en España.
- Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid.
- Poseer informes sanitarios actualizados que acreditan la discapacidad alegada.
Guía de informes sanitarios según diagnóstico
- Problemas de visión: informe de oftalmología incluyendo la agudeza visual con corrección y, si existe defecto del campo visual, una campimetría.
- Problemas de audición: informe de otorrinolaringología con audiometría gráfica.
- Enfermedad cardiaca: informe de cardiología con tratamiento, situación clínica, grado funcional de la NYHA, etc.
- Enfermedad respiratoria: informe de neumología con espirometría.
- Procesos reumáticos, traumáticos o con afectación articular o de columna vertebral: informe del especialista con el resultado de las pruebas de imagen.
- Trasplantados: informe del servicio correspondiente, indicando el grado de repercusión del tratamiento inmunosupresor y, en trasplantes renales, la función renal expresada como aclaración de la creatinina, filtrado glomerular; y en trasplantes hepáticos, función hepática.
- Enfermedades endocrinas: informe del especialista indicando situación clínica y tratamiento. En el caso de diabetes mellitus deberá hacerse constar las repercusiones de la misma.
- Enfermedades digestivas: Informe del especialista, indicando situación clínica y tratamiento. Si supone brotes, indicando frecuencia, intensidad, duración, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.
- Enfermedades neurológicas: Informe del especialista, indicando situación clínica y tratamiento. Si supone brotes, indicando frecuencia, intensidad, duración, tratamiento habitual y la adherencia al mismo.
- Neoplasias: Informe del especialista indicando situación clínica, estadio TNM al diagnóstico, fase del tratamiento y si existen secuelas.
- Enfermedades hematológicas: Informe del especialista, indicando situación clínica y tratamiento. En caso de infección por VIH/SIDA: estadio CDC, poblaciones linfocitarias, carga viral y tratamiento.
- Enfermedad mental: Informe actualizado del psiquiatra o psicólogo, indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución. Podrá aportar informes de la red pública de atención social a personas con enfermedad mental.
- Trastornos mentales orgánicos y trastornos neuropsicológicos: Informe actualizado de psiquiatría, neurología, neuropsicología o geriatría indicando diagnóstico, situación clínica, tratamiento y evolución.
- Discapacidad intelectual: Informes que avalen el diagnóstico, con indicación de las pruebas realizadas.
- Retraso madurativo y alteraciones del neurodesarrollo: En el caso de niños y adolescentes es preciso aportar informes actualizados del especialista (pediatría, psiquiatría infanto-juvenil o neuropediatría) e informe escolar.
- Otras enfermedades: informe actualizado y detallado del especialista correspondiente.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Tarjeta Sanitaria.
- Informes sanitarios actualizados, que avalen la discapacidad alegada. No se aportará copia íntegra de la historia clínica, ni informes o pruebas diagnósticas en dispositivos de almacenamiento electrónico (pen drive, CD, DVD o tarjeta de memoria), que comprometan la seguridad de los sistemas informáticos públicos.
- En caso de tener representante: documento acreditativo de la representación legal: resolución judicial o, en su defecto, el documento de autorización de la representación.
- Documentos adicionales que se aportan junto a la presente solicitud en supuesto de menores de edad con dos progenitores:
- Certificación del Registro Civil que acredite los datos familiares.
- Anexo de autorización del segundo progenitor, si la solicitud no ha sido firmada por ambos progenitores.
- Documentos adicionales que se aportan junto a la presente solicitud en supuesto de menores de edad con progenitor único:
- Certificación del Registro Civil que acredite los datos familiares.
- Resolución judicial firme que declare que sólo un progenitor tiene atribuida la patria potestad en su caso.
- Denuncia policía o demanda juridicial de abandono en caso de abandono que ha sido comunicado a las Autoridades.
- Resolución administrativa o judicial que adopta medidas de protección a favor de la mujer y los menores a su cargo en caso de progenitor único por violencia de género.
- Certificado de defunción del otro progenitor en caso de progenitor único por viudedad (en caso de que corresponda).
- Documentos adicionales que se aportan junto a la presente solicitud en supuesto de menores de edad en situación de acogida:
- En el caso de Acogimiento en Centros Residenciales, documento que acredite el alta en el centro.
- En el caso de Acogimiento Familiar, certificado de acogimiento que la Administración entrega a la familia.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI del interesado.
- En caso de tener representantes: DNI de representantes.
- Si el solicitante no tiene nacionalidad española: acreditación administrativa de residencia legal en España.
- Si el representante no tiene nacionalidad española: acreditación de la residencia legal en España del representante.
- Documento acreditativo de estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid (coincidente con el domicilio de residencia).
- Historia clínica sanitaria del Servicio Madrileño de Salud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (BOCM nº 252, de 20 de octubre).
- Orden 181/2014, de 30 de enero, de la Consejería de Asuntos Sociales, por la que se regula la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 40, de 17 de febrero).
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (BOE nº 289, de 3 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Ten en cuenta
Si vas a presentar la solicitud en tu Centro Base, antes de acudir, solicita cita a través de CITA PREVIA ON-LINE.
Consulta el Centro Base de atención a personas con discapacidad que te corresponde, según tu domicilio.
Presentación de solicitudes
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez completa la solicitud, comunicaremos por SMS una cita presencial para realizar la valoración. En caso de que se den alguna de las circunstancias especiales previstas en la normativa, la valoración se realizará de forma no presencial.
A continuación, el equipo multiprofesional emitirá un dictamen propuesto de la valoración realizada.
Finalmente, la persona solicitante recibirá una resolución que indica el porcentaje del grado de discapacidad reconocido.
Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento podrán disponer de la tarjeta de discapacidad en formato electrónico a través de la Cuenta Digital y en la App Tarjeta de Discapacidad. También se puede solicitar la Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad en formato físico.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar una reclamación previa a la vía jurisdiccional social ante el órgano responsable en los siguientes plazos:
- 30 días hábiles desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- 30 días hábiles a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Contacto
Punto de información y atención al ciudadano de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud