Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez examinada la documentación presentada, si se comprueba que no se ha cumplimentado debidamente la solicitud o no se ha aportado la documentación exigida, se requerirá al interesado para que subsane o presente los documentos preceptivos en el plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos).

Transcurrido el plazo de subsanación, y previo a la evaluación de solicitudes, se procederá a verificar el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario. A continuación, se realizará la evaluación de las solicitudes admitidas.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Evaluación, formulará propuesta de resolución provisional. Habilitándose con posterioridad plazo de alegaciones.

Una vez revisadas las alegaciones se procederá a la resolución definitiva de la convocatoria. 

Anticipo
Solicitud de liquidación (Anexo V)

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 10 de juliode 2024 , de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan subvenciones para la financiación de certificados profesionales, dirigidos prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por entidades locales, para el año 2024. 

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Oferta formativa
Descargar
1.01 MB
Límite de subvención por número de habitantes
Descargar
132.95 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 08/09/2025
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