Última actuación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades de formación públicas o privadas, acreditadas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, que impartan las especialidades formativas solicitadas.
Requisitos
Requisitos
- No estar incurso en las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
- Disponer en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid a fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de centros de formación acreditados en modalidad presencial, y de centros acreditados para la modalidad teleformación.
- Las entidades de formación solo podrán concurrir a título individual, no admitiéndose a trámite las solicitudes que se presenten mediante agrupación o asociación.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Anexo I.a de solicitud de especialidades.
- Bastanteo del poder del representante de la Entidad de Formación para solicitar ayudas y subvenciones públicas.
- Acreditación de experiencia en formación profesional para el empleo en el ámbito laboral fuera de la Comunidad de Madrid. Según se indica en la convocatoria
- Declaración responsable de acreditación de la experiencia de formación profesional en el ámbito educativo, con el contenido que se indica en la convocatoria
- En caso de oponerse a la consulta de la Seguridad Social, certificado de estar al corriente de pagos a los efectos de solicitar subvenciones con la Administración Pública.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Administración Tributaria del Estado.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
- Para la financiación de esta convocatoria se destinarán créditos presupuestarios que se imputarán al programa 241A-Formación para el empleo, subconcepto 49103, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023, por un importe de 13.525.767,40 €.
- Las acciones formativas podrán ser impartidas en modalidad presencial o teleformación, según se indique en la orden de concesión. Podrá emplearse el aula virtual como medio complementario y adicional para desarrollar el proceso formativo presencial, sin que la impartición de la totalidad de una acción formativa pueda realizarse a través del aula virtual.
- Cada entidad podrá solicitar como máximo 4 ediciones de una misma especialidad y modalidad formativa.
- Se establece un límite máximo de 300.000€ de subvención a conceder por entidad de formación.
- El importe de la subvención a conceder para cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de formación, por quince alumnos a subvencionar y por el importe del módulo económico fijado para cada especialidad.
- En el caso de que quedara presupuesto sin asignar, se podrán establecer mecanismos para asignar el remanente de crédito presupuestario excedente.
Normativa
- Orden de 13 de mayo de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se acuerda aplicar la tramitación de urgencia de los procedimientos administrativos iniciados por la convocatoria pública de subvenciones para la financiación de acciones de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral para el año 2023 (BOCM nº 121 de 23 de mayo).
- Extracto de la Orden de 21 de abril de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, dentro del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral para el año 2023 (BOCM nº 105, de 4 de mayo).
- Orden de 21 de abril de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan subvenciones para la financiación de acciones de formación dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, dentro del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, para el año 2023.
- Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre, por la que se regula la oferta formativa del sistema de Formación profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales efectuada por las administraciones competentes, se establecen bases reguladoras, así como las condiciones para su financiación.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral y normativa de desarrollo.
- Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Empleo
- D. G. de Formación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez examinada la documentación presentada, si se comprueba que no se ha cumplimentado debidamente la solicitud o no se ha aportado la documentación exigida, se requerirá al interesado para que subsane o presente los documentos preceptivos.
Transcurrido el plazo de subsanación, y previo a la evaluación de solicitudes, se procederá a verificar el cumplimiento de las condiciones para ser beneficiario. A continuación, se realizará la evaluación de las solicitudes admitidas.
El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe de la Comisión de Evaluación, formulará propuesta de resolución provisional.
Habilitándose con posterioridad plazo de alegaciones. Una vez revisadas las alegaciones se procederá a la resolución definitiva de la convocatoria.
Puedes realizar este trámite por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Puedes realizar este trámite por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 05/05/2023 Fecha de fin: 19/05/2023
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud