Última actuación
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28/08/2025Propuesta de resolución definitiva de concesión y denegación
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Titulares de empresas del ámbito de la creación y desarrollo de videojuegos.
Quedan excluidas las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.
Requisitos
Requisitos de las personas solicitantes
- Tener la condición de microempresa o de pequeña empresa.
- Ser empresa con capacidad de obrar en el ámbito de la creación y desarrollo de videojuegos (informática, programador, diseño de ordenador o similar).
- Tener el domicilio fiscal y los centros de trabajo del personal que impute gastos de personal ubicados en territorio español, y, al menos, una sede en la Comunidad de Madrid. En el caso de empresas extranjeras habrán de tener, al menos, una filial domiciliada en los mismos términos.
- No estar incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en un procedimiento de reintegro en la Comunidad de Madrid.
Requisitos del proyecto
- No estar vinculado a la promoción o publicidad de cualquier marca empresarial.
- Consistir en único videojuego de carácter narrativo, original y no publicado.
- Poseer los derechos de propiedad intelectual que correspondan y, las autorizaciones o permisos para poder crearlo y desarrollarlo, en el caso de que el proyecto se sustente sobre algún tipo de derecho intelectual preexistente o ajeno al solicitante.
- En ningún caso serán objeto de subvención, los videojuegos sujetos a la normativa reguladora del juego, ni aquellos con contenido pornográfico o de apología de la violencia, la discriminación o el odio en cualquiera de sus manifestaciones.
Los requisitos exigidos para la obtención de la subvención deberán mantenerse desde la solicitud hasta la justificación de la ayuda concedida.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Declaración de ayudas recibidas o solicitadas para el mismo proyecto. Declaración de ayudas de “minimis” recibidas por la empresa (Anexo I).
- Información del proyecto conforme al modelo Excel disponible en la sede electrónica, que deberá contener esta información: Desarrollo de diseño del videojuego, estado de la propiedad intelectual del proyecto, innovación artística y técnica, cronograma, equipo de trabajo, presupuesto, plan de financiación y trayectoria profesional del solicitante.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE (del solicitante o representante).
- Certificados de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- Número de Identificación Fiscal (del solicitante).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
La presente convocatoria asciende a un importe máximo de 250.000 euros.
Se adjudicarán, un máximo de 10 ayudas de 25.000 euros cada una de ellas a los proyectos que hayan obtenido mayor valoración y, al menos, 60 puntos en aplicación de los criterios citados.
En el caso de que algún proyecto seleccionado solicitase menos cantidad o tuviese un presupuesto inferior en el periodo subvencionable se adjudicará el importe solicitado o el que se ajuste a su presupuesto.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Correo electrónico: subvenciones_dgpc@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 739/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a empresas y personas físicas para la creación y desarrollo de proyectos de videojuego en la Comunidad de Madrid en 2025 (BOCM nº 77, de 1 de abril).
- Orden 739/2025, de 18 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por la que se establece la convocatoria de ayudas a empresas y personas físicas para la creación y desarrollo de proyectos de videojuego en la Comunidad de Madrid en 2025.
- Orden 892/2019, de 6 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas y personas físicas para el desarrollo del sector del videojuego en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 148, de 24 de junio).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Cultura e Industrias Creativas
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- En el caso de que las solicitudes o la documentación presentada estuvieran incompletas o no reunieran los requisitos exigidos te requeriremos para que en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) subsanes los defectos o, en su caso, completes la documentación. La falta de respuesta a este requerimiento se entenderá como desistimiento.
- Las subvenciones se concederán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
- Recibidas las solicitudes en tiempo y forma, se emitirá la respectiva propuesta de resolución provisional con la relación de las solicitudes valoradas de mayor a menor.
- La propuesta se publicará en el calendario de actuaciones de este trámite.
- Aquellas personas solicitantes propuestas para obtener la ayuda, deberán presentar la documentación legal de acreditación de la identidad y del cumplimiento de obligaciones tributarias y de seguridad social, en un plazo de 10 días hábiles, en el caso de no haberlo realizado en la fase de solicitud.
- Posteriormente se emitirá la propuesta de resolución definitiva de personas beneficiarias de las ayudas, que se publicará en el calendario de actuaciones de este trámite.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 02/04/2025 Fecha de fin: 24/04/2025
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud