Última actuación
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28/11/2025Resolución de la convocatoria
Se abre plazo de justificación de la subvención del 1 al 15 de diciembre de 2025.
Accede a los formularios disponibles en "Acciones sobre la solicitud" dentro de "Tramitación"
Puedes presentar recurso potestativo de reposición del 29 de noviembre al 29 de diciembre de 2025, contra:
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad de Madrid que tengan una población de derecho entre 2.500 a 20.000 habitantes, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del Padrón Municipal, a fecha de publicación de la convocatoria de ayudas.
Requisitos
- No estar incursos en ninguna de las causas de prohibición recogidas en la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas. Estas obligaciones se consideran cumplidas cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado la suspensión, como consecuencia de impugnación. Esto deberá acreditarse mediante la presentación de copia de la resolución en la que se concedan los aplazamientos, fraccionamientos o se acuerde la suspensión. En cualquier caso, el órgano gestor solicitará de oficio el certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Estos requisitos deben mantenerse hasta la finalización de la tramitación del procedimiento subvencionador, incluyendo las fases de justificación y reconocimiento de las obligaciones.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificación del secretario del ayuntamiento del acuerdo de aprobación de la solicitud de subvención por el órgano municipal competente. En el caso de que un ayuntamiento solicite subvención por más de una actuación, dicha certificación deberá detallar, de forma individualizada, la denominación y el presupuesto de cada una de las inversiones.
- Certificación del secretario del ayuntamiento acreditativa de la titularidad municipal de la instalación deportiva en la que se vaya a realizar la actuación objeto de la subvención.
- Proyecto de ejecución, firmado por un arquitecto o técnico competente y aprobado por el órgano municipal correspondiente, en los casos que proceda. En los casos en los que el proyecto no proceda, se deberá aportar informe o memoria valorada de la actuación firmado por un arquitecto o técnico competente en la materia.
- Certificado del secretario de la corporación de aprobación del proyecto por el órgano competente, en su caso.
- Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Cuantía total: El importe total destinado a esta convocatoria es de 1.250.000 euros.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Correo electrónico: coordinaciondeportes@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 941/2025, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones a Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes, para el mantenimiento y la mejora de las instalaciones deportivas municipales para el año 2025 (BOCM nº 114, de 14 de mayo).
- Orden 767/2024, de 23 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas al mantenimiento y mejora de las instalaciones deportivas municipales en los ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes (BOCM nº 102, de 30 de abril).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Deportes
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Mediante resolución de la dirección general competente en materia de Deportes, se determinará la relación provisional de todas las solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con expresión de las causas de exclusión. El interesado tendrá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) a contar desde el día siguiente al de su publicación para subsanar las deficiencias. En caso de que no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud.
A continuación, la dirección general competente en materia de deportes dictará resolución con la relación definitiva de admitidos y la desestimación del resto de solicitudes.
La resolución del procedimiento se efectuará mediante Orden de la consejería competente en materia de deportes a la vista de la propuesta elevada por la dirección general competente.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas:
- un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien,
- un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar:
- un recurso de reposición en cualquier momento, o bien,
- un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 15/05/2025 Fecha de fin: 16/06/2025
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud