Información
Información
-
TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Personas agricultoras de la Comunidad de Madrid.
- Entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, que impulsan iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio (solo en el caso de la intervención 6844 de inversiones no productivas).
Requisitos
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
- No tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
- No figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Cumplir con los plazos de pago dispuestos en caso de estar incluido en el ámbito de aplicación de la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y de solicitar un importe superior a 30000 euros.
- No haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas de la misma intervención del PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027.
- Pagar la tasa por inspección previa, si la ayuda es para inversiones en bienes inmuebles.
- Requisitos particulares para la intervención 6841.1 (Inversiones para la mejora del medio ambiente) y la intervención 6841.2 (Inversiones en modernización):
- Ser titular o cotitular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid. Están exentos de esta condición los casos de joven agricultor o nuevo agricultor en proceso de instalación.
- Personas físicas o agrupación de personas físicas:
- Ser mayor de 18 años.
- Acreditar el ejercicio de la actividad agraria al menos durante 3 años anteriores a la solicitud.
- Entidades sin personalidad jurídica:
- Tener un pacto de indivisión por un período mínimo de 5 años.
- Al menos uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
- Personas jurídicas:
- Acreditar un mínimo de 3 años de ejercicio de la actividad agraria o que al menos, el 50 por cien de los socios tienen o cualificación profesional (si son personas físicas) o acreditan un mínimo de 3 años de ejercicio de la actividad agraria (si son personas jurídicas).
- Para la intervención 6841.2, acreditar que su actividad principal sea la agraria.
- En el caso de jóvenes en proceso de instalación:
- Haber cumplido 18 años y no cumplir más de 40 años en 2026.
- Disponer del 100 por cien de la capacitación profesional.
- No estar o haber estado dado de alta en la Seguridad Social en el epígrafe correspondiente a una actividad agraria con anterioridad al 1 de enero de 2025.
- Requisitos particulares para la intervención 6844 (Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad):
- Ser titular o cotitular de una explotación agrícola o ganadera en la Comunidad de Madrid. Están exentos de esta condición los casos de joven agricultor o nuevo agricultor en proceso de instalación y de las entidades de custodia del territorio.
En ningún caso se tendrán por cumplidos estos requisitos si se han creado artificialmente para obtener la ayuda.
Los requisitos deberán acreditarse a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda.
Documentación
Si eres persona física
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias.
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año.
- Para la intervención 6841.1 y 6841.2, Plan empresarial.
- Para la intervención 6844, memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Para la intervención 6841.2, en el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento en vigor y liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Informes correspondientes de la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del solicitante.
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE de todos los comuneros.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Si eres una entidad sin personalidad jurídica
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de capacitación agraria o de actividades complementarias.
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año.
- En el supuesto de subvenciones > 30000 euros y para entidades que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona física con poder de representación suficiente, en la que afirme alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Para la intervención 6841.1 y 6841.2, Plan empresarial.
- Para la intervención 6844, memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Para la intervención 6841.2, en el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento en vigor y liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Informes correspondientes de la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
- Documento de constitución en el que consten todas las cuotas de participación.
- Pacto de indivisión por un período de 5 años a partir de la fecha del pago final al beneficiario.
- Último recibo del IAE.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del solicitante.
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE de todos los comuneros.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Si eres una persona jurídica
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Listado actualizado del número de socios.
- Escrituras de constitución.
- Cuentas de la última anualidad depositadas en el Registro correspondiente.
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT en el que se indique que ejerce la actividad agraria.
- Impuesto de sociedades del último ejercicio disponible. Modelo 200. (Solo en Intervención 68412).
- Certificado actualizado del Registro que le corresponda.
- Certificado del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan.
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de capacitación agraria o de actividades complementarias.
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año.
- En el supuesto de subvenciones > 30000 euros y para entidades que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por el órgano de administración o equivalente, con poder de representación suficiente, en la que afirmen alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- En el supuesto de subvenciones > 30000 euros y para entidades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: Certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, del cumplimiento de los plazos legales de pago o a través de “Informe de Procedimientos Acordados”, elaborado por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
- Para la intervención 6841.1 y 6841.2, Plan empresarial.
- Para la intervención 6844, memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Para la intervención 6841.2, en el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Informes correspondientes de la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del solicitante.
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE de todos los comuneros.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Si eres una entidad sin ánimo de lucro de carácter privado que impulsa iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio (solo para Intervención 6844)
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Estatutos de la entidad.
- Acuerdo de custodia del territorio.
- Certificado actualizado del registro que le corresponda.
- Certificación del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan.
- Memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento en vigor y liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del solicitante.
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE de todos los comuneros.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 809/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (intervención 6841.1), cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid (BOCM nº 75, de 30 de marzo).
- Extracto de la Orden 809/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (intervención 6841.2), cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid (BOCM nº 75, de 30 de marzo).
- Extracto de la Orden 809/2026, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (intervención 6844), cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid (BOCM nº 75, de 30 de marzo).
- Orden 2867/2025, de 14 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifican los criterios de selección, se deja sin efecto la convocatoria recogida en el Capítulo II de la Orden 1428/2025, de 22 de abril, y se realiza una nueva convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (Intervención 6841.1), de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (Intervención 6841.2) y de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (Intervención 6844), cofinanciadas por FEADER (FEADER), la Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid (BOCM nº 173, de 22 de julio).
- Orden 1428/2025, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y se aprueban las convocatorias para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (intervención 6841.1), de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (intervención 6841.2) y de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (intervención 6844) (BOCM nº 106, de 5 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
Solo requieren el pago de tasas las solicitudes que conllevan inversiones en bienes inmuebles.
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
-
Inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderasPagar tasa 61.21€
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez evaluada cada solicitud emitiremos un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y estableceremos la puntuación correspondiente a cada expediente según los criterios de selección. A continuación, se lo enviaremos al comité técnico que informará sobre las solicitudes presentadas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general competente en agricultura emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
La fecha de fin del plazo de ejecución de los proyectos será el 1 de abril de 2027.
El pago total de la subvención se realizará, previa justificación técnica y económica del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención. El plazo máximo para justificar la realización de la actividad subvencionada será de 5 días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de fin del plazo máximo de ejecución.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 31/03/2026 Fecha de fin: 30/04/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Área de Ayudas FEADER no SIGC II
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud