Última actuación
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12/12/2025Fase de justificación de la subvención
Se abre el plazo para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas a inversiones en explotaciones agrarias del 15 de diciembre de 2025 al 1 de octubre de 2026.
Pulsa "Tramitar" para acceder al modelo de "Solicitud de pago" y al modelo de "Memoria económica justificativa (Anexo VI)".
Información
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Para la intervención 6841.1 (Inversiones para la mejora del medio ambiente) y la intervención 6841.2 (Inversiones en modernización):
- Personas agricultoras de la Comunidad de Madrid.
Para la intervención 6844 (Inversiones no productivas):
- Personas agricultoras de la Comunidad de Madrid.
- Entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, que impulsen iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio.
Requisitos
- Estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas.
- No tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas.
- No figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Cumplir con los plazos de pago dispuestos en caso de estar incluido en el ámbito de aplicación de la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y de solicitar un importe superior a 30.000 euros.
- No haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas de la misma intervención del PEPAC de la Comunidad de Madrid 2023-2027.
- Pagar la tasa por inspección previa, si la ayuda es para inversiones en bienes inmuebles.
- Requisitos particulares para la intervención 6841.1 (Inversiones para la mejora del medio ambiente) y la intervención 6841.2 (Inversiones en modernización):
- Ser titular o cotitular de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid. Están exentos de esta condición los casos de joven agricultor o nuevo agricultor en proceso de instalación.
- Personas físicas o agrupación de personas físicas:
- Ser mayor de 18 años.
- Acreditar el ejercicio de la actividad agraria al menos durante 3 años anteriores a la solicitud.
- Entidades sin personalidad jurídica:
- Tener un pacto de indivisión por un período mínimo de 5 años.
- Al menos uno de los asociados debe cumplir los requisitos exigidos a las personas físicas.
- Personas jurídicas:
- Acreditar un mínimo de 3 años de ejercicio de la actividad agraria o que al menos, el 50 % de los socios tienen o cualificación profesional (si son personas físicas) o acreditan un mínimo de 3 años de ejercicio de la actividad agraria (si son personas jurídicas).
- Para la intervención 6841.2, además acreditar que su actividad principal sea la agraria.
- En el caso de jóvenes en proceso de instalación:
- Haber cumplido 18 años y no cumplir más de 40 años en 2025.
- Disponer del 100 % de la capacitación profesional.
- No estar o haber estado dado de alta en la Seguridad Social en el epígrafe correspondiente a una actividad agraria con anterioridad al 1 de enero de 2024.
- Requisitos particulares para la intervención 6844 (Ayudas a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad):
- Ser titular o cotitular de una explotación agrícola o ganadera en la Comunidad de Madrid. Están exentos de esta condición los casos de joven agricultor o nuevo agricultor en proceso de instalación y de las entidades de custodia del territorio.
En ningún caso se tendrán por cumplidos estos requisitos cuando se hayan creado artificialmente al objeto de obtener la ayuda.
Los requisitos deberán estar acreditados a fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Si eres persona física
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de cualificación agraria o de actividades complementarias.
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año.
- Para la intervención 6841.1 y 6841.2, Plan empresarial.
- Para la intervención 6844, memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Para la intervención 6841.2, en el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento en vigor y liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Informes correspondientes de la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- NIF o NIE del solicitante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible (sólo Intervención 6844).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Si eres una entidad sin personalidad jurídica
Documentos a presentar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de capacitación agraria o de actividades complementarias.
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año.
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para entidades que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona física con poder de representación suficiente, en la que afirme alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Para la intervención 6841.1 y 6841.2, Plan empresarial.
- Para la intervención 6844, memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Para la intervención 6841.2, en el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento en vigor y liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Informes correspondientes de la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
- Documento de constitución en el que consten todas las cuotas de participación.
- Pacto de indivisión por un período de 5 años a partir de la fecha del pago final al beneficiario.
- Último recibo del IAE.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- NIF de la entidad.
- NIF o NIE de todos los comuneros.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Si eres una persona jurídica
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Listado actualizado del número de socios.
- Escrituras de constitución.
- Cuentas de la última anualidad depositadas en el Registro correspondiente
- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT en el que se indique que ejerce la actividad agraria.
- Impuesto de sociedades del último ejercicio disponible. Modelo 200. (Solo en Intervención 68412).
- Certificado actualizado del Registro que le corresponda.
- Certificado del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan.
- Título universitario de la rama agraria.
- Título de capataz agrícola o título académico, con nivel de Formación Profesional Agraria de la familia profesional agraria de grado medio o superior.
- Certificado de asistencia y aprovechamiento a un curso de incorporación a la empresa agraria con una duración mínima de 150 horas.
- Certificados de asistencia y aprovechamiento de cursos de capacitación agraria o de actividades complementarias.
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.
- Tres declaraciones de IRPF con ingresos agrarios de los últimos 5 años, siendo obligatoria la del último año.
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para entidades que puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por el órgano de administración o equivalente, con poder de representación suficiente, en la que afirmen alcanzar el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos por la Ley 3/2004, o por alguno de los medios de prueba previstos en el artículo 13.3.bis letra b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- En el supuesto de subvenciones > 30.000 € y para entidades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: Certificación, emitida por auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, del cumplimiento de los plazos legales de pago o a través de “Informe de Procedimientos Acordados”, elaborado por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
- Para la intervención 6841.1 y 6841.2, Plan empresarial.
- Para la intervención 6844, memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Para la intervención 6841.2, en el supuesto de creación de puestos de trabajo, Informe de la Tesorería General de la Seguridad Social de “Plantilla media de trabajadores en situación de alta” en el periodo de un año anterior a la solicitud de ayuda.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Para el caso de inversiones no productivas en explotaciones en pro de la biodiversidad (Intervención 6844), acuerdo de custodia del territorio con alguna entidad reconocida por la Red de entidades de custodia del territorio de Madrid.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- Informe de Vida Laboral emitido por la Seguridad Social.
- Informes correspondientes de la Seguridad Social.
- Otra documentación.
- Última declaración del IRPF o 3 declaraciones del IRPF de los últimos 5 años (incluyendo, en todo caso, la del último año).
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Si eres una entidad sin ánimo de lucro de carácter privado que impulse iniciativas de conservación de la naturaleza a través de acuerdos de custodia del territorio (solo para Intervención 6844)
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Autorización, en su caso, del representante para presentar documentación.
- Estatutos de la entidad.
- Acuerdo de custodia del territorio.
- Certificado actualizado del registro que le corresponda.
- Certificación del acuerdo válidamente tomado en junta o asamblea general haciendo constar la aprobación del proyecto presentado y las ayudas que se solicitan.
- Memoria técnica.
- Autorizaciones, licencias, concesiones y permisos.
- Certificado de derechos de riego.
- Registro de agua expedido por la Confederación Hidrográfica correspondiente.
- Certificado de la Comunidad de Regantes expedido por el Secretario de la misma y con el visto bueno del Presidente.
- Certificado o nota simple del Registro de la Propiedad.
- Contrato de arrendamiento en vigor y liquidado.
- En caso de inversiones en bienes inmuebles, justificación del pago de la tasa por inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderas.
- En caso de inversiones en edificaciones, cuando sea exigible de conformidad con el Real Decreto 1000/2010: Proyecto visado.
- Acceso a la base de precios utilizada.
- Tres facturas pro-forma comparables e independientes.
- En el supuesto de adquisición de tierras, certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en el correspondiente registro oficial o un organismo público debidamente autorizado.
- En su caso, reconocimiento oficial por parte de la autoridad pública competente de que se ha producido un desastre natural.
- Compromiso de ejercer la actividad agraria al menos durante 5 años desde el pago final al beneficiario (Anexo III).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Ayudas FEADER no SIGC II
- Calle Alcalá 16, planta baja
- Correo electrónico: ayudas_agrarias@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 1428/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (intervención 6841.1) cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), Administración General del Estado y la Comunidad de Madrid (BOCM nº 106, de 5 de mayo).
- Extracto de la Orden 1428/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (intervención 6844) cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), Administración General del Estado y Comunidad de Madrid (BOCM nº 106, de 5 de mayo).
- Extracto de la Orden 1428/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (intervención 6841.2) cofinanciada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), Administración General del Estado y Comunidad de Madrid (BOCM nº 106, de 5 de mayo).
- Orden 1428/2025, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para inversiones en explotaciones agrarias, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid y se aprueban las convocatorias para el año 2025 de la ayuda a inversiones productivas en explotaciones agrarias vinculadas a contribuir a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y bienestar animal (intervención 6841.1), de la ayuda a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias (intervención 6841.2) y de la ayuda a inversiones no productivas en explotaciones agrarias vinculadas a la mitigación-adaptación al cambio climático, uso eficiente de los recursos naturales y biodiversidad (intervención 6844) (BOCM nº 106, de 5 de mayo de 2025).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
Solo requieren el pago de tasas aquellos expedientes que conlleven inversiones en bienes inmuebles.
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Inspección previa en ayudas para inversiones en materia de industrias agroalimentarias, explotaciones agrícolas y ganaderasPagar tasa 61.21€
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Para el estudio de los expedientes se podrá requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria.
Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos, no aportara la totalidad de la documentación exigida, o existieran defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para subsane los defectos a aporte la documentación.
Si en un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución expresa.
Una vez estudiado el expediente los técnicos de la Dirección General competente emitirán un informe acerca de la valoración técnica de la inversión y lo remitirán al Comité Técnico.
Dicho Comité procederá a valorar las solicitudes presentadas y el Director General elevará una propuesta de aprobación o denegación de las ayudas al titular de la Consejería competente en materia de agricultura, quien resolverá mediante Orden motivada.
Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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12/12/2025Fase de justificación de la subvención
Se abre el plazo para la presentación de las solicitudes de pago de las ayudas a inversiones en explotaciones agrarias del 15 de diciembre de 2025 al 1 de octubre de 2026.
Pulsa "Tramitar" para acceder al modelo de "Solicitud de pago" y al modelo de "Memoria económica justificativa (Anexo VI)".
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07/08/2025Nota informativa
Se deja sin efecto la convocatoria de 2025, aprobada en la Orden 1428/2025, de 22 de abril.
Las solicitudes presentadas se consideran válidas y su tramitación continuará hasta finalizar el procedimiento.
- Extracto de la Orden 2867/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (intervención 6844)
- Extracto de la Orden 2867/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (intervención 6841.1)
- Extracto de la Orden 2867/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (intervención 6841.2)
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Nuevo plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 23/07/2025 Fecha de fin: 06/08/2025
Apertura de plazo para la presentación de solicitudes de ayuda a inversiones en explotaciones agrarias al dejar sin efecto la convocatoria recogida en el capítulo II de la Orden 1428/2025, de 22 de abril.
Las solicitudes ya presentadas se considerarán válidas, así como vigentes los trámites realizados.
Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de "Solicitud" ubicado en la sección Tramitar y a los modelos de "Memoria económica justificativa (Anexo VI)" y "Compromisos generales (Anexo III)" ubicados en la sección Anexos.
Orden 2867/2025 que deja sin efectos la convocatoria 2025, modifica la Orden 1428/2025
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 06/05/2025 Fecha de fin: 05/06/2025
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
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