Información
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Documentación
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Proyecto.
- Justificante de pago de tasas.
- Otro.
- Otro.
- Otro.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se acuerda la reanudación de determinados procedimientos administrativos de su competencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOCM nº 95, de 21 de abril).
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. (BOE 241 de 08/10/1998)
- Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural. (BOE 313 de 31/12/2002)
- Resolución de 26 de julio de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publican modelos de impresos correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 202, de 24 de agosto).
- Ley 4/2012, de 4 de julio, de Modificación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012, y de medidas urgentes de racionalización del gasto público e impulso y agilización de la actividad económica (BOCM de 9 de julio de 2012)
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Transición Energética y Economía Circular
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Ordenación de instalac. y Activ. Industr. Energet. y MinerasPagar tasa 277.45€
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Presentación de la solicitud de autorización administrativa previa acompañada del proyecto anteriormente citado y del justificante de abono de tasas.
- La solicitud de autorización administrativa previa se someterá al trámite de información pública durante el plazo de veinte días hábiles, debiéndose publicar en el BOCM.
- Concluido el trámite de información pública se dará traslado al peticionario de las alegaciones presentadas a fin de que comunique a la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética lo que estime pertinente en un plazo no superior a quince días.
- Una vez analizada toda la documentación anterior con resultado favorable, la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética emitirá la Resolución por la que se otorga la autorización administrativa previa solicitada, que deberá publicarse en el BOCM.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud