Última actuación
-
18/12/2025Modificación de Resolución de Convocatoria
Información
-
Información
TasaNo requiere el pago de tasasSistema de selecciónConcurso de méritos
-
Personas destinatarias
Renovación:
- Personas nombradas en puestos de dirección en la Resolución de 15 de marzo de 2018 que efectuaron ya una primera renovación y les corresponde efectuar su segunda renovación.
- Personas nombradas en puestos de dirección en la Resolución de 10 de diciembre de 2021 que les corresponde efectuar su primera renovación.
Selección del puesto de dirección y nueva relación de vacantes:
- Personal funcionario de carrera en alguno de los cuerpos docentes en servicio activo.
-
Requisitos
Renovación
- Haber sido nombrado en el puesto de director por Resolución de 15 de marzo de 2018, o por Resolución de 10 de diciembre de 2021 y alcanzar en el presente curso escolar la duración máxima de cuatro años.
- Haber obtenido por parte del Servicio de Inspección la evaluación positiva del trabajo desarrollado en el ejercicio del cargo de director. Las personas que no cuenten con esta evaluación positiva al finalizar el curso académico 2025-2026 perderán el derecho a la renovación de su nombramiento.
- Presentar un documento denominado “actualización del proyecto de dirección” que incluya una propuesta de actuación para el siguiente mandato de cuatro años.
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales.
Selección del puesto de dirección y nueva relación de vacantes
- Ser personal funcionario de carrera en alguno de los cuerpos docentes en servicio activo.
- Tener una antigüedad de al menos cinco años como personal funcionario de carrera en la función pública docente.
- Haber ejercido funciones docentes como personal funcionario de carrera, durante un periodo de al menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro al que se opta. Por funciones docentes se entiende la impartición de docencia o atención directa al alumnado en o para centros educativos públicos de enseñanzas no universitarias.
- Presentar un proyecto de dirección que incluya, entre otros, los objetivos, las líneas de actuación y la evaluación del mismo.
- No haber sido cesado de un puesto de dirección por incumplimiento grave o muy grave de las funciones del cargo, o haber transcurrido más de tres años desde dicho cese.
- No haber obtenido una evaluación negativa de la función directiva en los últimos tres años en caso de haber ejercido la dirección.
- No tener nombramiento en un puesto de dirección de centro que se extienda a fecha posterior a la toma de posesión prevista en esta convocatoria.
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales o inhabilitado por resolución firme para el ejercicio de la función pública docente.
-
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Renovación del mandato
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Actualización del proyecto de dirección.
- Certificado negativo del Registro Central de delincuentes sexuales, únicamente cuando el aspirante no haya autorizado en la solicitud la consulta por parte de la Administración.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI o NIE de la persona interesada.
- DNI o NIE del representante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Registro central de Delincuentes Sexuales.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Selección del puesto de dirección y nueva relación de vacantes
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Proyecto de dirección. Se presentarán tantos proyectos como centros a los que se concurran (máximo 3).
- Relación de documentos justificativos.
- Documentación justificativa de la trayectoria profesional (Apartado 1 del Anexo V).
- Documentación justificativa en cargos directivos y otras funciones (Apartado 2 del Anexo V).
- Titulación de ingreso en el cuerpo (Apartado 3 del Anexo V).
- Otras titulaciones oficiales (Apartado 3 del Anexo V).
- Documentación justificativa de otros méritos.
- Documento de otorgamiento de la representación.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Habilitación lingüística en idiomas extranjeros o acreditación para impartir el currículo de Inglés avanzado en vigor.
- Extracto de formación del registro de Formación Permanente del Profesorado.
- Hoja de servicios.
- DNI o NIE de la persona interesada.
- DNI o NIE del representante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Registro central de Delincuentes Sexuales.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
-
Documentos anexos a la solicitud
-
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Dirección: Calle Santa Hortensia, 30, 28002 Madrid
- Correo electrónico: selecciondirectores@madrid.org
-
Normativa
- Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se modifica la resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de Dirección de los Centros Educativos Públicos no Universitarios de la Comunidad de Madrid.
- Resolución de 25 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la renovación y la selección del puesto de dirección de los centros educativos públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 290, de 5 de diciembre).
-
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Renovación
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución ordenando la publicación de los listados provisionales de personas admitidas y excluidas, indicando las causas de exclusión.
Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para presentar alegaciones. Examinadas las alegaciones presentadas, se dictará resolución por la que se declararán aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas. Aquellas personas que deseen renunciar a su participación, podrán hacerlo en el plazo de 3 días hábiles.
En el plazo de 15 días lectivos contados a partir del día siguiente al de la publicación de los listados definitivos, la persona titular de la dirección cuyo mandato pretende renovar, convocará y realizará una sesión extraordinaria del consejo escolar. En esta sesión, el consejo escolar manifestará su posición sobre la renovación para un nuevo mandato de dirección.
A la vista de lo anterior, cada Dirección de Área Territorial, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la realización de la sesión extraordinaria del consejo escolar, remitirá a la Dirección General de Recursos Humanos los listados provisionales con la valoración favorable o desfavorable.
Se abrirá un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de los listados con la valoración provisional para presentar alegaciones. Examinada dichas alegaciones, se dictará resolución ordenando la publicación de los listados definitivos de valoración y la relación de aspirantes que superan el procedimiento.
Las personas incluidas en la anterior resolución serán renovadas en su cargo de dirección por un periodo de cuatro años.
Selección del puesto de dirección
Las Direcciones de Área Territorial, en el plazo de 5 días hábiles, remitirán a cada centro convocado, las candidaturas y proyectos de dirección presentados a efectos de consulta para conocimiento exclusivamente de los miembros del claustro de profesores y del consejo escolar.
Una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dictará la resolución por la que se declarará aprobada la relación provisional de personas admitidas y excluidas, así como el resultado provisional de la valoración de los méritos objetivos.
Las personas candidatas dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, para subsanar el defecto que motive su exclusión o presentar alegaciones contra la valoración de los méritos objetivos.
Examinados los escritos de subsanación, se dictará resolución por la que se declare aprobada la relación definitiva de admisión y exclusión y el resultado de la valoración de los méritos objetivos. Se indicará, además, las personas admitidas que han alcanzado la puntuación mínima exigida de cinco puntos en la valoración de los méritos objetivos, para pasar a la fase de valoración del proyecto de dirección. Será posible renunciar voluntariamente a la participación en un plazo de 3 días hábiles.
Para la valoración de los proyectos de dirección de las candidaturas, se constituirá, para cada centro ofertado, una comisión de selección. En el plazo de 3 días hábiles a partir de la resolución de nombramiento de sus miembros, se podrán presentar solicitudes de abstención o recusación de sus componentes.
El proyecto de dirección deberá ser expuesto y defendido por la persona candidata, en acto público, ante la Comisión de selección. Concluidas la exposición y la defensa del proyecto, la Comisión publicará la relación provisional con las puntuaciones otorgadas. Las personas candidatas podrán presentar escrito de alegaciones el siguiente día hábil al de la publicación de la puntuación provisional, manifestando el error o defecto que las motive. Dicho escrito se dirigirá a la presidencia de la comisión de selección y se presentará en el registro del propio centro. Resueltas las alegaciones presentadas, se publicará la puntuación final de todas las candidaturas en el tablón físico del centro.
La preselección de personas candidatas vendrá determinada por la puntuación final, que resultará de la suma de la fase de valoración de méritos objetivos y de la fase de valoración del proyecto de dirección.
Una vez recibidas las actas de las comisiones de selección con la puntuación final del proyecto de dirección se dictará resolución publicando los listados definitivos con las puntuaciones de los méritos objetivos y la calificación final del proyecto de dirección.
Quienes hayan sido seleccionados provisionalmente deberán presentar en plazo de 3 días hábiles desde la publicación de las puntuaciones definitivas, la documentación acreditativa de estar en posesión del programa de formación sobre competencias para el desempeño de la función directiva, o, en su caso, la actualización de dicha formación.
A continuación, se hará pública una relación con las personas candidatas que hayan sido seleccionados provisionalmente, tras haber superado las fases de valoración de méritos objetivos y exposición y defensa del proyecto de dirección y una vez acreditada la posesión de la formación sobre el desarrollo de la función directiva. Contra esta relación, se podrán presentar alegaciones en el plazo de 3 días hábiles.
Una vez resueltas las alegaciones presentadas, se dictará resolución elevando a definitivos los listados de personas seleccionadas, que serán nombrados en el puesto de dirección de los centros para un período de cuatro años, a partir del 1 de julio de 2026.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al de su publicación.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no se ha publicado.
Si el motivo de impugnación es la disconformidad con la valoración del proyecto de dirección, debes presentar el recurso ante la Dirección General de Recursos Humanos: acceso al trámite.
Si el motivo de impugnación es la disconformidad con la acreditación del curso de la función directiva o la actualización de competencias, debes presentar el recurso ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa: acceso al trámite.
Calendario de actuaciones
-
18/12/2025Modificación de Resolución de Convocatoria
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 09/12/2025 Fecha de fin: 16/01/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentación de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud