Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Personas Físicas
- Que el titular sea agricultor profesional.
- Que posea capacitación agraria suficiente
- Que esté dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que le corresponda, en función de su actividad agraria.
- Explotaciones asociativas:
- Que responda a cualquiera de las alternativas siguientes:
- Sociedad cooperativa de explotación comunitaria de la tierra o de trabajo asociado dentro de la actividad agraria.
- Sociedades Agrarias de Transformación.
- Sociedades civiles, laborales u otras mercantiles.
- Que el 50 % de los socios sean agricultores profesionales, o que 2/3 de los socios responsables de la gestión y administración cumplan los requisitos de las personas físicas y que 2/3 del volumen de trabajo desarrollado en la explotación sea aportado por socios que cumplan los requisitos señalados.
- Que responda a cualquiera de las alternativas siguientes:
Normativa
- Decreto 73/1997, de 19 de junio, por el que se crea y regula el Catálogo General de Explotaciones Agrarias Prioritarias de la Comunidad de Madrid (BOCM de 1 de julio de 1997)
- Ley 19/1995, de Modernización de las explotaciones agrarias (BOE nº 159, de 5/7/1995)
- Resolución de 5 de abril de 2010, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 102, de 30 de abril).
- Orden de 13 de diciembre de 1995 por la que se desarrolla el apartado 1 del artículo 16 y la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias (BOE nº 159, de 5 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
- D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud