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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
En caso de inscripción inicial:
- Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones ganaderas.
En caso de modificaciones o baja:
- Personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas.
Requisitos
- Tener una explotación ganadera en la Comunidad Autónoma de Madrid, es decir, cualquier instalación, construcción o en el caso de la cría al aire libre, cualquier lugar en los que se tengan, críen o se manejen o se expongan al público animales de producción con o sin fines lucrativos. También se consideran explotaciones ganaderas las explotaciones especiales de los siguientes tipos:
- Áreas protegidas.
- Centro de agrupamiento de reproductores porcinos para desvieje.
- Centro de concentración de lidia.
- Centro de cuarentena.
- Centro de enseñanza.
- Centro de inspección.
- Centro de muestreo para la lengua azul.
- Centro de sacrificio de urgencia.
- Centro de sacrificio domiciliario.
- Centro de testaje o selección o reproducción animal.
- Centro de tipificación ovino o bovino.
- Centros de acogida o recogida de équidos abandonados.
- Centros de animales de experimentación.
- Centros de depuración o expedición o similares.
- Certamen ganadero no permanente.
- Certamen ganadero permanente.
- Concentración de équidos de concurso.
- Concentraciones de équidos de carácter lúdico o cultural.
- Depósitos o paradas de sementales equinos y centros de reproducción.
- Espacios cinegético.
- Espacios naturales acotados.
- Establecimientos de transformación autorizados.
- Explotación de cabestros.
- Explotación para la práctica ecuestre.
- Explotaciones de caballos silvestres o semisilvestres.
- Explotaciones de cuarentena.
- Explotaciones de ocio.
- Explotaciones no comerciales.
- Matadero.
- Núcleo zoológico.
- Otros centros de concentración animal.
- Parque zoológico.
- Pasto.
- Plaza de toros no permanente o portátil.
- Plaza de toros permanente.
- Producción y reproducción.
- Puesto de control.
- Tratante u operador comercial.
- Tener una o varias de las siguientes especies en la explotación:
- Bóvidos: vacunos, búfalos y bisontes.
- Porcinos: cerdos.
- Ovinos.
- Caprinos.
- Équidos: caballos, asnos, mulas y cebras.
- Aves de corral: gallinas, pavos, pintadas, patos, ocas, codornices, palomas, faisanes, perdices y aves corredoras (Ratites).
- Cunicultura: conejos y liebres. Quedan excluidas de la obligación de inscribirse en el Registro de explotaciones ganaderas las explotaciones cunícolas para autoconsumo (aquellas explotaciones que cuentan con un censo máximo de 5 hembras reproductoras y que no comercializan con los animales vivos ni con su producción).
- Apícola: abejas y abejorros.
- Especies peleteras: visón, zorro rojo, nutria y chinchilla.
- Camélidos: camellos, dromedarios, llamas, alpacas, vicuñas y guanacos.
- Especies cinegéticas de caza mayor criadas, mantenidas o cebadas como animales de producción: corzos, ciervos, gamos y jabalíes.
- Otras: caracoles, ranas, gusanos de seda, lombrices, artrópodos, otros.
- Especies animales de acuicultura:
- Peces pertenecientes a la superclase ''Agnatha'' y a las clases ''Chondrichthyes'' y ''Osteichthyes''.
- Moluscos pertenecientes al filum ''Mollusca''.
- Crustáceos pertenecientes al subfilum ''Crustacea’’.
- Si la explotación ganadera tiene distintas especies, cada una de ellas constituye una subexplotación. Para cada subexplotación es necesario:
- Registrar un responsable de bienestar animal de la explotación.
- Cumplimentar el apartado del titular de las instalaciones o del terreno donde se ubica la explotación ganadera.
- Aportar los datos de identificación del lugar de la subexplotación.
- Indicar las características generales de sostenibilidad, autocontrol y datos de la Agrupación de Defensa Sanitaria (ADSG), si es el caso.
- Indicar en la solicitud:
- Tipo de solicitud:
- Inscripción inicial.
- Baja explotación.
- Baja subexplotación.
- Modificación del tipo de explotación.
- Modificación cambio domicilio fiscal.
- Modificación cambio de ubicación de la explotación.
- Modificación por cambio de titularidad.
- Modificación por alta de subexplotación.
- Modificación por datos de subexplotación.
- Otras modificaciones.
- Tipo de explotación, en caso de inscripción inicial o modificación.
- Código REGA, en caso de solicitar baja o modificación.
- Datos de otras personas titulares, en caso de inscripción inicial o de cambio de otros titulares.
- Datos del responsable sanitario de explotación.
- Tipo de solicitud:
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, según el tipo de solicitud.
Ten en cuenta que:
- Si se trata de explotaciones de aves de corral para autoconsumo, sólo es necesario aportar el “Anexo II - Modelo L - Avícola para autoconsumo” junto a la solicitud.
- En los siguientes casos no se necesita aportar documentación junto a la solicitud:
- Baja explotación.
- Baja subexplotación.
- Modificación cambio domicilio fiscal.
- Otras modificaciones (teléfono, correo electrónico).
Documentos a aportar, según el tipo de solicitud:
Inscripción inicial de la explotación
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
- Memoria descriptiva de la actividad suscrita por el titular de la explotación.
- Programa sanitario suscrito por veterinario colegiado.
- Planos catastrales o planos georreferenciados.
- Croquis de la distribución de construcciones e instalaciones.
- Documento suscrito por la persona titular de la explotación ganadera en el que declare, bajo su responsabilidad, que la actividad cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
- En el caso de explotaciones apícolas, escritura de propiedad de la finca y si las colmenas se instalan en fincas de otra propiedad, permiso del propietario del terreno donde se va a ubicar la explotación.
- Anexo II, modelo de declaración de datos según especie.
- En el caso de explotaciones que mantienen especies para experimentación, declaración responsable del cumplimiento de los requisitos del RD 53/2013, e identificación del responsable de garantizar el cumplimiento del RD, del responsable del bienestar de los animales y del veterinario designado.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI, NIF o NIE de la persona física o jurídica titular de la explotación.
- DNI, NIF o NIE de la persona representante, salvo oposición expresa por parte de la persona representada (anexo IV).
- DNI, NIF o NIE de otras personas titulares de la explotación.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Modificación de tipo de explotación
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Memoria descriptiva de la actividad suscrita por el titular de la explotación.
- Programa sanitario suscrito por veterinario colegiado.
- Planos catastrales o planos georeferenciados.
- Croquis de la distribución de construcciones e instalaciones.
- Documento suscrito por la persona titular de la explotación ganadera en el que declare, bajo su responsabilidad, que la actividad cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Modificación cambio de ubicación de la explotación
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
- Planos catastrales o planos georeferenciados.
- Croquis de la distribución de construcciones e instalaciones.
- Documento suscrito por la persona titular de la explotación ganadera en el que declare, bajo su responsabilidad, que la actividad cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
- En el caso de explotaciones apícolas, escritura de propiedad de la finca y si las colmenas se instalan en fincas de otra propiedad, permiso del propietario del terreno donde se va a ubicar la explotación.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Modificación por cambio de titularidad
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la representación, en su caso.
- Copia simple de documento público o privado que justifique el cambio de titularidad.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI, NIF o NIE de la persona física o jurídica titular de la explotación.
- DNI, NIF o NIE de la persona representante, salvo oposición expresa por parte de la persona representada (anexo IV).
- DNI, NIF o NIE de otras personas titulares de la explotación.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Modificación por alta de subexplotación
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Anexo II correspondiente a la especie.
- Memoria descriptiva de la actividad suscrita por el titular de la explotación.
- Programa sanitario suscrito por veterinario colegiado.
- Planos catastrales o planos georeferenciados.
- Croquis de la distribución de construcciones e instalaciones.
- Documento suscrito por la persona titular de la explotación ganadera en el que declare, bajo su responsabilidad, que la actividad cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
- En el caso de explotaciones apícolas, escritura de propiedad de la finca y si las colmenas se instalan en fincas de otra propiedad, permiso del propietario del terreno donde se va a ubicar la explotación.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Modificación por datos de subexplotación
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Anexo II correspondiente a la especie, cumplimentar solo los apartados que deban ser cambiados.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite puedes contactar con:
- Área de Ganadería
- Dirección: Calle Alcalá, 16. 28014 Madrid
- Teléfono: 91 438 31 53
- Correo electrónico: servicio.ganaderia@madrid.org
Puedes consultar las instrucciones para cumplimentar la solicitud y los anexos en la sección Documentación de interés.
Normativa
- Real Decreto 1053/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas bovinas (BOE nº 312, de 29 de diciembre).
- Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas (BOE nº 179, de 28 de julio).
- Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo (BOE nº 38, de 13 de febrero).
- Decreto 146/2017, de 12 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el registro de explotaciones ganaderas de la Comunidad de Madrid, y se establece la normativa reguladora de la actividad apícola en la misma (BOCM nº 298, de 15 de diciembre).
- Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia (BOE nº 34, de 8 de febrero).
- Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal de las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino (BOE nº 157, de 2 de julio).
- Real Decreto 1221/2009, de 17 de julio, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo (BOE nº 187, de 4 de agosto).
- Real Decreto 1547/2004, de 25 de junio, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones cunícolas (BOE nº 154, de 26 de junio).
- Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (BOE nº 89, de 13 de abril).
- Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal (BOE nº 99, de 25 de abril).
- Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas (BOE nº 72 de 13 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
- D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Si todo es correcto, emitiremos la resolución de inscripción favorable si se trata de la inscripción inicial, inscribiremos la explotación en el Registro de Explotaciones Ganaderas y le asignaremos un número de registro.
Si se trata del alta de una subexplotación, emitiremos una resolución de inscripción favorable e inscribiremos la subexplotación en la explotación correspondiente.
Sin embargo, en el resto de casos, sólo modificaremos los datos en el registro.
Adicionalmente, en todos los casos anteriores comunicaremos la actuación realizada a la persona interesada.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud