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Requisitos
- Haber sido beneficiario de ayudas para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, de la pesca y de la acuicultura en la Comunidad de Madrid cofinanciadas con fondos FEADER y FEP para inversiones relativas a la adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inventariables.
- Las bases reguladoras de las ayudas fijarán el periodo durante el cual el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención, que no podrá ser inferior a 5 años en el caso de bienes inscribibles en un registro público.
- En este caso, deberá hacerse constar en la escritura esta circunstancia, así como el importe de la subvención concedida, debiendo ser objeto estos extremos de inscripción en el registro público correspondiente.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea
- Las solicitudes de inscripción deberán presentarse acompañando a la solicitud de cobro de las ayudas o, en su caso, a la solicitud de levantamiento de aval en la fecha que establezca para las mismas la Orden de concesión de la ayuda.
- Listado de bienes objeto de inscripción en registro según modelo normalizado, (Botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder a la solicitud).
- En el caso de bienes inmuebles, comunicación por parte del beneficiario de las ayudas de que se ha procedido a la inclusión de la subvención concedida en escritura pública y nota simple del Registro de la Propiedad donde queda acreditado que en la escritura correspondiente se ha anotado la siguiente leyenda:
“El presente bien está sujeto durante 5 años desde el inicio de la actividad a las obligaciones de mantenimiento de actividad y cumplimiento de los compromisos asumidos en base a la Orden (Incluir la Orden de convocatoria de ayudas)………….., para lo cual se concedió una ayuda de ………. con fecha ……….El incumplimiento de las obligaciones y compromisos podrá dar lugar al reintegro de la cantidad concedida.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Normativa
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
- Bases reguladoras y de convocatoria de ayudas para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, de la pesca y de la acuicultura de la Comunidad de Madrid cofinanciadas con fondos comunitarios FEADER y FEP.
- Resolución de 10 de diciembre de 2009, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
- D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud