Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- Estar sujeto el contrato a la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos.
- Estar radicadas las fincas en el territorio de la Comunidad de Madrid.
- Estar formalizado el contrato por escrito e incluir: nombre y apellidos ( o denominación en entidades jurídicas ) del arrendador y arrendatario, domicilios, naturaleza de derecho, números de DNI o NIF; finca objeto del arrendamiento, indicando superficie, término municipal, explotación a la que se dedica, referencias catastrales; renta pactada; duración; lugar y fecha del contrato.
Normativa
- Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española (BOE nº 77, de 30 de marzo).
- Resolución de 10 de diciembre de 2009, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre).
- Ley 26/2005, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos (BOE nº 287, de 1 de diciembre).
- Ley 49/2003, de 26 de noviembre, de Arrendamientos Rústicos (BOE nº 284, de 27 de noviembre).
- Orden 6179/1996, de 20 de noviembre, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se crea y regula el Registro Especial de Arrendamientos Rústicos de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 283, de 27 de noviembre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura
- D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud