Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Inscripción 

Una vez enviada la solicitud, si la empresa cumple todos los requisitos, la inscribiremos en el REA en 15 días hábiles (lunes a viernes no festivos) desde su recepción. Así se lo notificaremos en los 10 días hábiles siguientes.

Sin embargo, si la solicitud no reúne los requisitos, mandaremos un escrito a la persona que haya señalado en la solicitud para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles. Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique. De todas formas, una vez que se deniegue o desista de su solicitud, puede volver a presentar una nueva solicitud con la información completa.

Renovación de la inscripción 

La inscripción es válida en todo el territorio nacional durante 3 años (renovable por períodos iguales). Se debe solicitar la renovación dentro de los 6 meses anteriores a que finalice ese periodo. Si no se renueva en ese plazo, se cancelará automáticamente la inscripción en el REA.

Las empresas que han iniciado el trámite de renovación, antes de finalizar la vigencia de la inscripción, mantienen la validez de su inscripción en el REA hasta que se resuelva el procedimiento, incluso si ha finalizado su vigencia. Las empresas que contratan o subcontratan pueden verificar la vigencia de las inscripciones en el Registro a través de la Consulta en el Registro de Empresas Acreditadas.

 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

15 días hábiles (lunes a viernes no festivos).

Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:  

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.   
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido. 

Acceso al trámite de recurso de alzada.
 

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Guía práctica para agilizar la inscripción en el REA
Descargar
402.06 KB
Guía del REA
Descargar
1.83 MB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 23/08/2024
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