Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Agentes económicos del sector de productos fertilizantes:
- Productores o fabricantes. Incluye las cooperativas que valorizan los residuos orgánicos de sus explotaciones como producto fertilizante.
- Importadores. Incluye las cooperativas que importan productos fertilizantes de terceros países para usarlos en sus explotaciones. No se consideran como importadores las empresas de servicios que importan productos fertilizantes.
- Distribuidores. Se incluyen las empresas de servicios de fertilización que además actúan como distribuidores. Es preciso tener en cuenta que las cooperativas que adquieren productos fertilizantes para distribuirlos entre los cooperativistas, incluso si han realizado una mezcla previa antes de su distribución se inscribirán en la subsección “cooperativa”.
- Empresas de servicios de fertilización.
- Asesores en fertilización.
- Otros agentes.
Cada agente solo se registra en una única sección del registro, incluso si realiza más actividades.
Requisitos
Inscripción en el registro
- Tener el domicilio de su sede social en la Comunidad de Madrid.
- Presentar la declaración responsable al menos un mes antes de iniciar cualquiera de las siguientes actividades:
- Fabricar un producto fertilizante, o mandar diseñar o fabricar un producto fertilizante para comercializarlo con nombre o marca propios. Esto incluye las siguientes actividades en instalaciones localizadas en España:
- La compra de un producto a granel para envasarlo.
- La modificación del envase o etiqueta de un producto fertilizante ya envasado.
- Introducir en el mercado de la Unión Europea producto fertilizante de un tercer país.
- Poner en el mercado español un producto fertilizante para su uso profesional en agricultura, sin ser fabricante o importador (distribuidor).
- Prestar servicios de aplicación de productos fertilizantes a terceros o a los propios socios de la entidad.
- Realizar asesoramiento en materia de fertilización (asesor en fertilización).
- Fabricar un producto fertilizante, o mandar diseñar o fabricar un producto fertilizante para comercializarlo con nombre o marca propios. Esto incluye las siguientes actividades en instalaciones localizadas en España:
- Requisitos adicionales para el personal asesor en fertilización:
- Tener los conocimientos adecuados para asesorar sobre el abonado y el uso sostenible de productos fertilizantes, a título profesional.
- Estar en posesión de la titulación necesaria.
- Tener su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
- Declarar el tipo de agente económico de que se trata. Es preciso tener en cuenta que cada agente solo se registra en una única sección, incluso si realiza más actividades. Por ello, deben marcar la categoría acorde a su actividad en el formulario, por ejemplo:
- Un productor que también importa productos fertilizantes debe marcar “productor”.
- Un importador que también distribuye productos sólo debe marcar “importador”.
- Las empresas de servicios que también son distribuidores sólo deben marcar “distribuidor”.
- Declarar sus instalaciones en España, incluso si están ubicadas fuera de la Comunidad de Madrid.
Modificación de la inscripción
- Estar inscrito en el Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes.
- Comunicar las modificaciones en los datos inscritos en el registro cuando se producen:
- Datos identificativos del operador.
- Datos de las instalaciones.
- Grupos de productos fertilizantes con los que trabaja.
Baja de la inscripción
- Estar inscrito en el Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes.
- Comunicar la baja de la inscripción en el registro cuando se produce alguna de las siguientes circunstancias:
- El operador profesional deja de realizar la actividad.
- La sede social del agente económico cambia a otra comunidad autónoma. En este caso, además debe realizar la declaración responsable en la comunidad autónoma de destino.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Documentación acreditativa de estar en posesión de la Titulación necesaria para ejercer de asesor en fertilización.
- En el caso de actuar mediante representante, documentación acreditativa de dicha representación (Modelo 3972FA1).
- En el caso de persona jurídica, aportar acreditación de apoderamiento como representante legal de la entidad.
- Cualquier otra documentación que se considere necesaria aportar.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Tarjeta de Identificación fiscal de la entidad.
- Certificado de empadronamiento en la Comunidad de Madrid en el caso de persona física.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Obligaciones de información
Los operadores inscritos deberán remitir datos anuales sobre producción y ventas, antes del 31 de marzo de cada año, correspondientes al año anterior, según se detalla en el Anexo X del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre. La primera remisión de datos será la de los correspondientes al año 2026.
Para ello, les autorizaremos como usuarios para incorporar dichos datos a través de la aplicación REGFER del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Los datos a incorporar en la aplicación serán los que figuran en el modelo “Estadísticas Anuales”.
En el caso de las ventas diferenciarán entre aquéllas realizadas a otro agente del registro (fabricante, importador o distribuidor) y a usuario final. El marco espacial al que se referirán estos datos será el nacional en el primer caso y el provincial en el segundo.
Las cooperativas, que están consideradas usuario final (cualquier persona jurídica o física que emplee los productos fertilizantes en su explotación agrícola o forestal), que actúan como distribuidores (subsección cooperativas) están exentas de esta obligación de envío.
Las cooperativas que se incluyan en las secciones de productor o importador por valorizar los residuos orgánicos de sus explotaciones como producto fertilizante o por importar productos fertilizantes desde terceros países, respectivamente, comunicarán los datos referentes a esas actividades exclusivamente.
Las empresas de servicios de fertilización que importen productos fertilizantes para su aplicación a campo en el ejercicio de su actividad, incorporarán esa información como “ventas a usuario final”.
Normativa
- Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios (BOE nº 312, de 29 de diciembre).
- Orden APA/1226/2025, de 27 de octubre, por la que se desarrolla la estructura y funcionamiento del Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER) y se regula su actuación (BOE nº 264, de 3 de noviembre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Plazos y efectos del silencio administrativo
- Inscripción en registro: 1 mes para operadores y 3 meses para asesores.
- Actualización y baja del registro: 6 meses.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en el plazo de 1 mes desde el día siguiente al que la recibas.
Contacto y ayuda
Contacto
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud