Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Información adicional
- Certificados de pagos pendientes: Recogen los pagos que la Comunidad de Madrid tiene pendientes de abonar al interesado solicitantes en la fecha de emisión del certificado.
- Certificados de IRPF o Sociedades: Recogen las retenciones e ingresos a cuenta por dichos conceptos, efectuadas por la Comunidad de Madrid al interesado solicitante.
- Certificados de subvenciones/facturas: Recogen el importe de las subvenciones que concede la Comunidad de Madrid o las facturas abonadas por la misma a favor del interesado solicitante para un período de tiempo concreto.
- Certificados de Garantías y Depósitos: recogen la situación de las garantías y depósitos presentados por el interesado ante la Caja de Depósitos de la Comunidad de Madrid.
Normativa
- Resolución de 12 de enero de 2010, de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de tramites telemáticos (BOCM nº 33, de 9 de febrero).
- Resolución de 10 de mayo de 2010, de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, por la que se procede a la corrección de errores de la Resolución de 12 de enero de 2010, de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, por la que se habilita el Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del procedimiento denominado “Solicitud de Certificado de Tesorería” (BOCM nº 124, de 26 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Hacienda y Función Pública
- Dirección General de Política Financiera y Tesorería
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
- Se verifica la documentación presentada para el cumplimiento de todos los trámites administrativos.
- Se procederá a la emisión del certificado correspondiente conforme a los datos que figuren en los Registros informáticos de esta Tesorería.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud