Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Podrán solicitar devolución de ingresos indebidos por pago de tasas los destinatarios que hayan incurrido en alguno de los siguientes supuestos:
- Por duplicidad de pago.
- Por realización del pago en cuantía superior a la que corresponda.
- Errores materiales de hecho o aritméticos.
- Cuando no se realice la actividad por causas no imputables al obligado al pago, (art. 10 Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre).
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Poder de representación, en caso de que actúe a través de representante
- Recibo original del pago de la tasa “Ejemplar para el interesado”, en todo caso
- Copia de la documentación presentada en la OCA o EICI para servicios externalizados
- Documento bancario que justifique que la cuenta bancaria corresponde al titular del recibo objeto de devolución
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI del solicitante
- DNI del representante
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Comunidad de Madrid (texto consolidado).
- R.D. 520/2005, de 13 de mayo que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (texto consolidado).
- Orden 3097/1996, de 9 de diciembre, del Consejero de Hacienda sobre recaudación de ingresos (texto consolidado).
- Resolución de 6 de febrero de 2013, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publica modelo de impreso correspondiente a la “Solicitud de devolución de tasas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas (BOCM nº 49, de 27 de febrero)
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Promoción Económica e Industrial
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Sólo se tramitarán los expedientes sujetos a alguno de los requisitos anteriormente detallados y siempre basándose en el informe emitido por el Servicio al que competa el procedimiento objeto de devolución.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud