Información
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ReferenciaD25
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Descripción
La actividad turística de alojamiento en la modalidad de Apartamento Turístico requiere realizar una declaración responsable al inicio de su actividad para la apertura de un nuevo establecimiento. Asimismo, se debe presentar posteriormente cuando se produzcan las siguientes modificaciones:
- Cambio de titular
- Baja
- Modificación de la capacidad
- Cambio de denominación
- Reclasificación de categoría
- Dispensas
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas o jurídicas titulares de actividades de alojamiento turístico en la modalidad de apartamento turístico.
Requisitos
Ten en cuenta
No se podrá continuar con el ejercicio de la actividad desde el momento en que se detecte que:
- Los datos o información proporcionados en la declaración responsable contienen errores, falsedades o falta de información significativa.
- No se presenta la declaración responsable o la documentación requerida por la Administración para verificar lo declarado.
Esto no excluye las responsabilidades penales, civiles o administrativas que puedan derivarse de estos hechos.
Requisitos
- Prestar servicios de hospedaje al público, mediante precio, en inmuebles con las siguientes características:
- Se destinan de forma habitual al alojamiento turístico ocasional, sin carácter de residencia permanente.
- Están integrados por unidades de alojamiento complejas, dotadas de instalaciones, equipamiento y servicios en condiciones de ocupación inmediata.
- Están ubicados en la totalidad de un edificio, o en parte independizada del mismo, con accesos y escaleras de uso exclusivo.
- Se excluyen las actividades de alojamiento con fines institucionales, sociales, asistenciales, laborales, o se desarrollen en el marco de programas de la Administración dirigidos a la infancia y a la juventud.
- Estar en posesión de los siguientes documentos y tenerlos a disposición de la administración, en caso de que los requiera:
- Escritura de constitución de la sociedad, en su caso.
- Documento que acredite la disponibilidad del local (escritura de compraventa, contrato de arrendamiento o de cesión, u otros).
- Contratos de cesión de la explotación.
- Cumplir con los requisitos establecidos en las normas sobre seguridad, urbanismo, accesibilidad, sanidad, medio ambiente y Propiedad Horizontal.
- Comunicar los ceses de actividad, cambios de denominación o cualquier otra modificación de los datos contenidos en la Declaración inicial.
- Contar con los permisos y licencias exigibles por otras Administraciones y Organismos Públicos.
- Conocer las obligaciones de las empresas turísticas, contenidas en la normativa de ordenación del turismo de la Comunidad de Madrid.
- Cumplir las características y requisitos mínimos para el inicio de la actividad de apartamento turístico:
Clasificación y requisitos por categoría
Los apartamentos turísticos deberán exhibir una placa identificativa a la entrada, en lugar visible. Asimismo, se identificarán mediante llaves y se clasificarán en las categorías de cuatro, tres, dos y una llaves en función de las condiciones que deben reunir:
Apartamentos Turísticos de 4 llaves
- Condiciones generales:
- Climatización en todas las dependencias.
- Conexión a medios telemáticos (acceso inalámbrico a Internet Wifi) en todo el establecimiento.
- Vestíbulo con recepción y conserjería atendidos permanentemente.
- Salón con superficie de 4 m2 útiles por plaza, sin que en ningún caso sea inferior a 16 m2 útiles.
- Cocina completa en pieza independiente.
- Dos entradas y escaleras independientes para clientes y para servicio.
- Ascensor y montacargas, en caso de más de una planta.
- Bar-cafetería con servicio de restauración.
- Teléfono en cada dormitorio comunicado con recepción.
- Mobiliario, menaje de cocina y utensilios de limpieza, ropa de mesa, cama y baño, todos ellos de gran calidad.
- Una caja fuerte en cada habitación.
- Condiciones particulares:
- La superficie mínima en dormitorios será de 13 m2útiles y 2,60 metros de altura.
- La superficie mínima en cuartos de baño será de 4,5 m2 útiles.
- A partir de cuatro plazas, cada apartamento deberá contar con un cuarto de baño adicional.
- En apartamentos tipo “estudio” la superficie mínima será de 30 m2 útiles.
- Zona de servicio:
- Oficio de planta en cada piso, con fregadero, vertedero de aguas y armario.
- Almacén de equipaje.
- Almacén de lencería.
Apartamentos Turísticos de 3 llaves
- Condiciones generales:
- Climatización.
- Conexión a medios telemáticos (acceso inalámbrico a Internet Wifi) en todo el establecimiento.
- Vestíbulo con recepción-conserjería atendida doce horas al día.
- Salón con superficie de 3 m2 útiles por plaza, sin que en ningún caso pueda ser inferior a 13 m2 útiles.
- Cocina completa integrada en el salón.
- Entrada y escalera de uso exclusivo.
- Ascensor y montacargas en caso de más de dos plantas, incluido sótano.
- Bar.
- Teléfono en cada dormitorio comunicado con recepción-conserjería.
- Mobiliario, menaje de cocina y utensilios de limpieza, ropa de mesa, cama y baño, todos ellos de calidad.
- Caja fuerte en el 50 por 100 de las habitaciones.
- Condiciones particulares:
- La superficie mínima en dormitorios será de 12 m2útiles y 2,60 metros de altura.
- La superficie mínima en cuartos de baño será de 4 m2 útiles.
- A partir de cinco plazas cada apartamento deberá contar con un cuarto de baño adicional.
- En apartamentos tipo “estudio” la superficie mínima será de 25 m2 útiles.
- Zona de servicios: Oficio de planta en cada piso con fregadero o vertedero y armario.
Apartamentos Turísticos de 2 llaves
- Condiciones generales:
- Climatización.
- Conexión a medios telemáticos (acceso inalámbrico a Internet Wifi).
- Servicio de recepción-conserjería.
- Salón con superficie de 2 m2útiles por plaza, sin que en ningún caso pueda ser inferior a 10 m2 útiles.
- Cocina integrada en el salón.
- Entrada y escalera de uso exclusivo.
- Ascensor cuando tenga más de tres plantas incluida la de sótano.
- Teléfono comunicado con recepción-conserjería en el 50 por 100 de habitaciones.
- Mobiliario, menaje de cocina y utensilios de limpieza, ropa de mesa, cama y baño, básicos.
- Condiciones particulares:
- La superficie mínima en dormitorios será de 11 m2útiles y 2,50 metros de altura.
- La superficie mínima en cuartos de baño será de 3 m2 útiles.
- Los apartamentos tipo “estudio” deberán medir como mínimo 23 m2 útiles.
- Zona de servicios: Oficio de planta en cada piso.
Apartamentos Turísticos de 1 llave:
- Condiciones generales:
- Climatización.
- Entrada y escalera de uso exclusivo.
- Ascensor cuando tenga más de tres plantas, incluida la de sótano.
- Cocina integrada en salón.
- Servicio de conserje-vigilante.
- La superficie mínima del salón será de 1 m2 útil por plaza, sin que en ningún caso pueda ser inferior a 7 m2 útiles.
- Mobiliario, menaje de cocina y utensilios de limpieza, ropa de mesa, cama y baño.
- Condiciones particulares:
- La superficie mínima en dormitorios será de 10 m2útiles y 2,50 metros de altura.
- Los cuartos de baño tendrán una superficie mínima de 2 m2 útiles y estarán dotados de ducha, inodoro y lavabo, con un mínimo de un cuarto de baño por cada unidad de alojamiento.
- Los apartamentos tipo “estudio” deberán medir como mínimo 21 m2 útiles.
Composición, capacidad y precios
Composición
- Los apartamentos turísticos estarán ubicados en la totalidad de un edificio, o en parte independizada del mismo, con accesos y escaleras de uso exclusivo.
- Cada unidad de apartamento turístico estará compuesta, como mínimo, por un salón comedor, cocina, dormitorio y baño, pudiendo denominarse “estudios” cuando el dormitorio esté integrado en una pieza común con el salón-comedor-cocina y cuente con un máximo de dos plazas en camas convertibles.
- Los inmuebles explotados como apartamentos turísticos se compondrán como mínimo de cuatro unidades de alojamiento.
Capacidad
La capacidad de cada apartamento turístico será como máximo de dos plazas en cada dormitorio, además de dos plazas en camas convertibles en el salón, siempre que su superficie y distribución lo permitan.
Precios
- Los precios de todos los servicios que se oferten se expondrán en lugar visible en recepción.
- En el precio del alojamiento se entenderán incluidos los suministros de agua, energía, climatización, uso de ropa de cama y baño y limpieza de habitaciones.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario:
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
La presentación de la Declaración Responsable implica la posesión de los siguientes documentos que podrán ser aportados voluntariamente por el declarante o en su caso, ser requeridos posteriormente:
- Escritura de constitución de la sociedad, en su caso.
- Documento que acredite la disponibilidad del local (Escritura de Compra-Venta, Contrato de Arrendamiento o de cesión, u otros).
- Contratos de cesión de la explotación.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Consulta y verificación de identidad (DNI) del titular o administrador de la sociedad.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre)
- Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los Apartamentos Turísticos y las Viviendas de Uso Turístico de la Comunidad de Madrid (texto consolidado).
- Resolución de 15 de septiembre de 2011, de la Dirección General de Turismo, por la que se publican modelos de impresos correspondientes a los procedimientos “Inicio de Actividad de Establecimientos de Restauración”, “Inicio de Actividad Agencia de Viajes”, “Inicio de Actividad de Apartamentos Turísticos” e “Inicio de Actividad de Hoteles, Pensiones y Turismo Rural” (BOCM nº 262, de 4 de noviembre)
- Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña (BOCM nº 308 de 29 de diciembre)
- Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 69, de 23 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Turismo y Hostelería
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud