Última actualización: 30/10/2025

Descripción

  • Referencia
    D109
  • Descripción

    Las empresas de formación que imparten cursos para aplicadores de prácticas de adorno corporal (tatuajes, micropigmentación, perforación cutánea u otras prácticas) están obligadas a:

    1. Declarar su actividad antes de su inicio para su inscripción en los registros de la Dirección General de Salud Pública. Debe especificar qué tipo de cursos imparte:
      1. Tatuaje.
      2. Micropigmentación.
      3. Perforación cutánea piercing.
    2. Comunicar la modificación en los datos declarados por cualquiera de los siguientes motivos:
      1. Cambio de titularidad.
      2. Cambio de domicilio.
      3. Modificación de cursos impartidos.
    3. Comunicar la baja de inscripción en registro por cese completo de actividad.
    4. Comunicar los datos de cada curso que realizan.
    5. Notificar la relación de personas aprobadas de cada curso realizado.
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Personas destinatarias

Personas físicas o jurídicas titulares de empresas que imparten cursos de formación para aplicadores de técnicas de adorno corporal.

Requisitos

  1. Declarar la actividad antes de su inicio para su inscripción inicial. La actividad puede comenzar cuando se presenta la declaración responsable.
  2. Comunicar la modificación de su inscripción cuando se produce alguno de los siguientes hechos:
    1. Cambio de titularidad.
    2. Cambio de domicilio.
    3. Modificación de cursos impartidos.
  3. Comunicar la baja de inscripción en registro cuando cesa la actividad por completo.
  4. Comunicar los datos de cada curso que van a impartir antes de su inicio. Debe indicarse en el formulario:
    1. Fecha celebración del curso.
    2. Número de edición.
    3. Técnicas impartidas:
      1. Tatuaje.
      2. Micropigmentación.
      3. Perforación cutánea piercing.
    4. Modalidad: presencial o semipresencial.
    5. Lugar de celebración del curso.
    6. Número máximo de alumnos por edición.
    7. Número total de horas del curso, especificando horas teóricas y prácticas.
    8. Persona coordinadora del curso.
    9. Relación de profesorado del curso.
  5. Comunicar la relación de personas aprobadas del curso cuando finaliza. Debe indicarse en el formulario:
    1. Datos de las personas.
    2. Formación realizada:
      1. Tatuaje.
      2. Micropigmentación.
      3. Perforación cutánea piercing.
  6. Pagar la tasa sólo en caso de:
    1. Inscripción inicial.
    2. Modificación de datos declarados.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Justificante del pago de la tasa correspondiente.
  2. Acreditación de la representación (si procede).
  3. En caso de cambio de titularidad:
    1. Copia simple del documento que justifique el cambio de titular, firmado por ambas partes.
    2. Escrito del anterior titular de cesión del número de registro del establecimiento.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:  

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud. 
  2. Abona la tasa y guarda el justificante de pago. 
  3. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar. 
  4. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Tramitación

En caso de declaración de inscripción inicial, una vez presentada la declaración, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición.

A continuación, haremos una valoración técnica de la documentación presentada.

Si todo es correcto, inscribiremos su empresa en el Registro de centros de formación para aplicadores de técnicas de adorno corporal con un número identificativo único, que comunicaremos a la persona solicitante.

Esta información también se incluye como datos abiertos en la página web de la Comunidad de Madrid.

Una vez inscrito, el centro estará sujeto a los controles oficiales necesarios para comprobar la veracidad de los datos notificados y el correcto funcionamiento de la actividad.

En caso de comunicar modificaciones en los datos de la empresa formadora, reflejaremos dichos cambios en su registro.

En caso de comunicar los cursos que va a realizar o la relación de personas aprobadas, incluiremos dicha información en su expediente.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Salud Pública

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar