Información
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Personas destinatarias
Aquellos viticultores que se encuentren dados de alta en el registro vitícola de la Comunidad de Madrid y/o los nuevos viticultores que estén en posesión de autorizaciones de replantación y/o conversión de derechos, y que deseen utilizarlos en la Comunidad de Madrid.
Requisitos
Requisitos
Estar inscrito como viticultor en el Registro Vitícola de la Comunidad de Madrid de las parcelas que se quiera reconvertir o reestructurar.
Si se es un nuevo o futuro viticultor, se debe estar en posesión de una resolución de arranque de viñedo, autorización de replantación y/o autorizaciones provenientes de conversión de derechos de replantación, que quieran plantarlos en la Comunidad de Madrid.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, en función de la solicitud que presentes.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Proyecto de operaciones (según las instrucciones disponibles en la sección Documentación de interés).
- Parcelas iniciales y finales (Anexo V).
- Ficha financiera (Anexo VI).
- Acuerdo celebrado entre los viticultores participantes en el proyecto de operaciones (solo para operaciones colectivas) (Anexo VII).
- Acreditación de la posesión de la tierra por cada uno de los viticultores integrantes de la solicitud.
- Autorización expresa por parte del propietario de la tierra (en caso de que el viticultor no sea el propietario de la parcela)
- Aportación de las resoluciones de arranque y/o autorizaciones de replantación, en caso de que el arranque se realice con anterioridad a la presentación de la solicitud de ayuda.
- Alta en régimen agrario de la Seguridad Social, si se alega el criterio de prioridad
- Documento público o privado, que acredite la potestad del representante legal para actuar en nombre de las personas jurídicas. Escritura, poder judicial, estatutos, Reglamento interno, etc.
- Otra documentación
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF / NIE del solicitante / representante legal.
- Inscripción en el REGEPA.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Facturas.
- Justificantes bancarios de pago.
- Etiquetas de la planta utilizada.
- Otra documentación.
Información adicional
Para más información puede contactar con nosotros en el siguiente correo electrónico: vitiviniculturamadrid@madrid.org
Normativa
-
Extracto de la Orden 838/2023, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023, la aplicación de las operaciones de Reestructuración y Reconversión de Viñedo en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA), con base en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, y sus modificaciones (BOCM nº 77, de 31 de marzo).
-
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE nº 257, de 26 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez la solicitud esté completa, se estudiará y se te notificará la aprobación o desestimación de la concesión de la Ayuda.
Una vez concedida la ayuda y después de realizar la operación aprobada, debes presentar la solicitud de Certificación de Acciones y Pago de la Ayuda, junto con la documentación requerida, antes del 30 de junio de 2024 si es una operación anual, o del 30 de junio de 2025 si tu operación era bienal. Puedes encontrarla pulsando el botón TRAMITAR al inicio de esta página
Plazos y efectos del silencio administrativo
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 03/04/2023 Fecha de fin: 18/04/2023
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud