Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud de anticipos y préstamos al personal

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, se entenderemos que ha desistido de su petición.

Una vez completada la solicitud, la consejería, organismo autónomo o ente al que está adscrito el personal público emitirá la resolución de concesión o denegación del préstamo o anticipo.

El abono del préstamo o anticipo se realizará en la nómina del mes siguiente a la fecha de concesión.

Dicho anticipo se descontará de la nómina, de la siguiente forma:

  • En la nómina del mes siguiente a su cobro, si la solicitud de anticipo era de una mensualidad.
  • En las nóminas de junio y diciembre si la solicitud de anticipo era sobre las pagas extraordinarias.

El importe del préstamo se descontará de las nóminas en el número de mensualidades elegido por la persona solicitante.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 25 de julio de 2000, de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, por la que se regula el procedimiento de concesión de préstamos y anticipos al personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar:

  • Una demanda ante el juzgado de lo social en caso de personal laboral. Su presentación se debe realizar en el plazo de 2 meses desde el día siguiente al que recibas la resolución o al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
  • Un recurso de alzada en caso de personal funcionario o eventual. Su presentación se debe realizar en los siguientes plazos:
    • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
    • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 11/11/2025
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