Última actuación
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Ampliación del plazo de presentación de solicitudesSe amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 13/05/2025
Con motivo de la interrupción del suministro eléctrico el 28 de abril.
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Titulares de explotaciones agrarias que estén situadas, total o parcialmente, dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en municipios con la calificación de zona de montaña.
Requisitos
Requisitos de los beneficiarios
- Ser persona física titular de explotación agraria o persona física socio de una explotación agraria que tenga la calificación de prioritaria constituida como Cooperativa Agraria o como Sociedad Agraria de Transformación (SAT). Cada socio podrá percibir la indemnización correspondiente a su cuota de participación.
- Acreditar la condición de agricultor activo.
- No estar incursos en ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiario de ayudas, recogidos en la normativa de subvenciones
Requisitos de las explotaciones agrarias
- Tener superficie agrícola en los municipios calificados como zona de montaña de la Comunidad de Madrid, igual o superior a 2 hectáreas.
- Para las explotaciones con superficie de pastos, si en la explotación hay ganado que las aproveche, debe tener una carga ganadera máxima acorde con lo establecido en la normativa y una carga ganadera mínima de 0,2 Unidades de Ganado Mayor (UGM) por hectárea. Si no hay ganado se admite el aprovechamiento de pastos a siega.
- Solo se tendrá en cuenta la superficie de la explotación incluida en la zona desfavorecida con dicha calificación.
- El límite máximo de superficie de una explotación que puede optar a la ayuda es de 50 hectáreas, por tanto, se reducirá el número de hectáreas de la solicitud de pago a dicho límite.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Si el solicitante es una persona física
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la condición de agricultor activo y Acreditación de la condición de agricultor no pluriactivo: Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) por el ejercicio de la actividad agraria.
- Acreditación de la condición de agricultor activo y Acreditación de la condición de agricultor no pluriactivo: Declaración IRPF último ejercicio
- Libro de Registro de Explotación Ganadera (caso de ganaderos)
- Certificado acreditativo de titularidad de cuenta bancaria que será la misma que la cuenta de pago de la Solicitud Única
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:
- La inclusión en la Solicitud Única de acogerse a la ayuda de pagos de compensación en zonas de montaña así como de la declaración de superficies.
- NIF o NIE del solicitante o representante
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT)(*).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible (*).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Si el solicitante es una persona física socio de una entidad con personalidad jurídica
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Libro de Registro de Explotación Ganadera (caso de ganaderos).
- Certificado acreditativo de titularidad de cuenta bancaria que será la misma que la cuenta de pago de la Solicitud Única.
- Último recibo del IAE cuando les sea exigible o certificado de exención o última declaración del Impuesto de Sociedades.
- Escritura de constitución o Estatutos sociales.
- Nota de inscripción actualizada en el Registro correspondiente.
- Certificado de Explotación Prioritaria vigente.
- Certificado donde se refleje el porcentaje de participación de cada socio en la Sociedad o Cooperativa, en caso de no haberse aportado en la Solicitud Única.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas a ello, en cuyo caso deberás aportarlos:
- La inclusión en la Solicitud Única de acogerse a la ayuda de pagos de compensación en zonas de montaña así como de la declaración de superficies.
- NIF de la persona jurídica.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente con la Seguridad Social. En la fase del procedimiento que sea exigible.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT)(*).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) cuando les sea exigible (*).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Correo electrónico: ayudas_agroambientales@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 1023/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se procede a la convocatoria para el año 2025 de los pagos de compensación en zonas de montaña, cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 (BOCM nº 70, de 24 de marzo).
- Orden 4595/2024, de 23 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se modifica la Orden 1252/2023, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos compensatorios en zonas de montaña, cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOCM nº 8, de 10 de enero).
- Orden 1252/2023, de 2 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de los pagos compensatorios en zonas de montaña, cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOCM nº 272, de 15 de noviembre)
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez se recibe la solicitud y la documentación de la misma en la unidad gestora, se procede al control documental y en los casos necesarios se envía un requerimiento para subsanación de dicha solicitud, dando un plazo máximo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para responder. Si no completas la solicitud o es incorrecta no se continúa con la tramitación de la ayuda.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses.
Calendario de actuaciones
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Ampliación del plazo de presentación de solicitudesSe amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el 13/05/2025
Con motivo de la interrupción del suministro eléctrico el 28 de abril.
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Nuevo plazo de presentación de solicitudes
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 25/03/2025 Fecha de fin: 24/04/2025
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud