Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Cooperativas, sociedades laborales y empresas de inserción.
Requisitos
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- Estar debidamente inscritas en el registro público correspondiente según el tipo de entidad.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Presentar la solicitud dentro los meses de enero y febrero.
- Incluir en el proyecto las inversiones en inmovilizado material o intangible realizadas en los 12 meses del año natural anterior necesarias para:
- Crear cooperativas o sociedades laborales.
- Ampliar y desarrollar sus actuales estructuras.
- Incorporar nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Acreditar la viabilidad técnica y económica del proyecto presentado.
- Aportar a la financiación de las inversiones como mínimo el 50 por 100.
- Solicitar como mínimo 3 ofertas de diferentes proveedores antes de la contratación, si el importe del gasto subvencionable supera las cuantías establecidas para un contrato menor. La elección entre las ofertas presentadas se debe realizar siguiendo criterios de eficiencia y economía. En caso de no elegir la propuesta más económica, debe justificarse en una memoria. Excepciones:
- Si por sus especiales características no existe en el mercado suficiente número de entidades que los realizan, prestan o suministran.
- Si el gasto se ha realizado antes de solicitar la subvención.
- Son subvencionables las inversiones en:
- Terrenos.
- Construcciones.
- Instalaciones técnicas.
- Maquinaria.
- Utillaje.
- Mobiliario.
- Equipos informáticos.
- Equipos de oficina.
- Elementos de transporte.
- Activos intangibles vinculados con las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Realizar las inversiones mediante la compra de activos nuevos. Si las inversiones se realizan mediante la compra de elementos de segunda mano, debe acreditarse mediante certificado expedido por un perito independiente que:
- El precio de los elementos no es ni superior al valor de mercado ni al del coste de uno nuevo similar.
- Reúnen las características técnicas requeridas para la operación.
- Cumplen las normas aplicables.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Escritura de constitución o estatutos que acrediten el domicilio social y la potestad de la persona que actúa y firma la solicitud.
- Certificado de inscripción en el registro correspondiente.
- Escritura de poder suficiente y subsistente para actuar ante la Administración pública en los procedimientos de concesión de subvenciones de la persona física que actúe en nombre y representación de la persona jurídica. En caso de representación mancomunada, cumplimentar Anexo VIII.
- Justificante de pago del último recibo del IAE, o en su caso, certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT donde conste dicha exención.
- Facturas con acreditación de su pago y justificación de la inversión a nombre de la entidad solicitante (cumplimentar Anexo VI, relación de facturas).
- En su caso, certificado de exención del IVA.
- Documentación justificativa de la necesidad de las inversiones que deberá incluir copia de los asientos contables que acrediten los activos solicitados para la subvención.
- Balance de situación y cuenta de resultados de los dos últimos ejercicios, salvo que la entidad sea de nueva creación, en cuyo caso presentará los formulados desde la fecha de su inscripción en el registro correspondiente.
- Declaración del vendedor del equipo de segunda mano, cuando proceda, y certificado pericial.
- Las entidades de nueva creación que se originen por transformación de otra deberán aportar las escrituras de la anterior, acreditar su inactividad, vida laboral del último año anterior a la transformación y último balance.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF en vigor de la entidad.
- NIF o NIE en vigor de la persona representante.
- Certificado de calificación del Registro de Empresas de Inserción de la Comunidad de Madrid.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 310, de 30 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Autónomos y Emprendimiento
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
La subvención se otorgará de forma directa a las solicitudes que cumplan todos los requisitos establecidos y mientras exista crédito disponible.
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
La unidad administrativa responsable emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente en empleo dictará la orden de concesión o denegación de la subvención, que se notificará a la entidad solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Autónomos - Servicio de Economía Social y Responsabilidad Social de las Empresas
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud