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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de certificado electrónico/DNi.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
  4. También puedes presentarlo de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  5. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación
  1. Finalizada la instrucción del procedimiento, se elaborarán las listas en las que figuren las solicitudes que se han presentado y, en su caso, aquellas que resultan excluidas con indicación de la causa de exclusión.
  2. La publicación de las listas se anunciará en el calendario de actuaciones de este trámite. Se incluirá el enlace a la consulta detallada de la situación de las solicitudes que figuren en las listas. Si se consignó el teléfono móvil y/o correo electrónico, recibirá un mensaje con un código que podrá utilizar para acceder. Complementariamente a dicha publicación, los interesados podrán informarse del resultado de su solicitud en las Direcciones de Área Territorial y en el Punto de Información y Atención al Ciudadano de la Consejería competente en materia de educación.
  3. Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de las listas para subsanar la solicitud y/o documentación. Transcurrido el plazo sin que así se hiciera, se considerará que el solicitante desiste de su petición.
  4. Finalizado el plazo de subsanaciones, la Comisión de Valoración valorará las solicitudes con los criterios establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria que regulan las becas de segunda oportunidad y emitirá un informe con el resultado de la evaluación efectuada.
  5. La dirección general competente en materia de Becas y Ayudas al Estudio formulará la propuesta de resolución de la convocatoria en la que se hará constar el listado de los beneficiarios y el listado de los beneficiarios excluidos indicando la causa o causas de exclusión.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Cinco meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 1945/2023, de 2 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueban bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Programas de Segunda Oportunidad, cofinanciadas por el Programa FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Preguntas más frecuentes en la fase de convocatoria
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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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