Última actuación
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11/04/2024Listas definitivas de beneficiarios y excluidos
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 12 de abril al 13 de mayo de 2024
Orden 1238/2024, de 27 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Alumnos que carezcan, o no puedan hacer uso, de rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería competente en materia de educación y que se encuentren en alguno de los casos siguientes:
- escolarizados en un centro docente público y que no dispongan en su municipio de residencia de centro docente adecuado a su nivel de estudios.
- escolarizados en un Instituto de Educación Secundaria bilingüe y que no dispongan en su municipio de residencia de centro docente de este tipo y estén en alguno de los casos siguientes:
- Que el Instituto de Educación Secundaria sea el de adscripción única bilingüe del colegio público de procedencia.
- Que el Instituto de Educación Secundaria sea de adscripción múltiple bilingüe y el más cercano a su municipio de residencia.
- Que el Instituto de Educación Secundaria sea de adscripción múltiple bilingüe y no se haya obtenido plaza en el Instituto del apartado anterior.
- Alumnos cuyo centro docente esté situado a más de 5 kilómetros de su domicilio y se encuentren en alguno de los casos siguientes:
- Escolarizados en centros docentes públicos que no tengan ruta de transporte escolar contratada por la Consejería competente en materia de educación. En casos excepcionales, se podrá proponer la concesión por residir en urbanizaciones diseminadas en el medio rural o en zonas de especial conflictividad situadas a menor distancia.
- Reciban atención educativa por las Unidades Escolares de Apoyo de los Centros Educativo-Terapéuticos.
- Escolarizados en Institutos de Educación Secundaria, en horario vespertino como consecuencia de estar cursando estudios profesionales de régimen especial en horario matutino.
- Escolarizados en centros de Excelencia o Tecnificación Deportiva.
- Alumnos residentes en barrios de tipología especial o en núcleos chabolistas, así reconocidos por el organismo competente de la Comunidad de Madrid, cuando carezcan de rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería competente en materia de educación.
- Alumnos escolarizados en centros públicos o concertados de Educación Especial, que no puedan utilizar las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería competente en materia de educación y se encuentren en alguno de los casos siguientes:
- La distancia desde el domicilio familiar al centro docente o las circunstancias del entorno relacionadas con el tipo de discapacidad (física, psíquica o sensorial), así lo justifiquen.
- Alumnos escolarizados en centros públicos y en centros públicos o concertados de Educación Especial, que no puedan utilizar las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería competente en materia de educación y se encuentren en alguno de los casos siguientes:
- Que padezcan graves limitaciones físicas y precisen habitualmente silla de ruedas para su desplazamiento.
- Que precisen de un nivel de atención personalizada por verse su salud gravemente comprometida con motivo de deficiencias motoras o sensoriales muy graves.
Requisitos
Los alumnos deberán reunir, a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:
- Estar matriculado en un centro, ubicado en la Comunidad de Madrid, en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria. En el caso de Educación Especial se deberá estar matriculado en un centro de Educación Infantil Especial.
- No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
Documentación
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- NIF o NIE del padre y la madre o el tutor o tutora del alumno.
- La información de empadronamiento del municipio de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Documentos a aportar junto a la solicitud
- Solicitud cumplimentada y firmada por el padre y la madre o el tutor o tutora del alumno.
- Documento de “autorización para presentación de solicitud y consulta de datos personales” en caso de presentación telemática donde conste únicamente la firma de uno de los progenitores o tutores.
- Copia del libro de familia o documento acreditativo de la representación legal del alumno.
- Traducción al castellano por intérprete jurado en caso de presentación de documentos en lengua distinta.
- Certificado del Director del centro (Anexo I) donde el alumno está matriculado donde conste:
- La imposibilidad de utilizar una ruta de transporte escolar contratada por la Consejería competente en materia de Educación.
- Que el alumno está matriculado en un IES bilingüe de adscripción única a un CEIP bilingüe.
- Que la localidad en la que el alumno tiene fijado el domicilio familiar no dispone de centro docente adecuado a su nivel de estudios.
- Que la distancia desde el domicilio familiar al centro docente o circunstancias del entorno justifican la concesión de la ayuda.
Documentación adicional en casos especiales
- En el caso de alumnos de centros concertados de Educación Especial, copia de la resolución de escolarización dictada por el correspondiente Servicio de apoyo a la escolarización.
- En el caso de alumnos que padezcan graves limitaciones físicas y precisen habitualmente silla de ruedas para su desplazamiento, certificado médico en el que conste expresamente, o se deduzca, que el alumno precisa silla de ruedas para su movilidad.
- En el caso de alumnos que precisen de atención personalizada que les impida hacer uso de las rutas escolares, informe médico o informe específico del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del centro, en el que figure la discapacidad o enfermedad y donde se determine la necesidad de recibir atención personalizada durante el trayecto de su domicilio al centro.
- En el caso de cursar estudios profesionales y de régimen especial, documentación justificativa que acredite que se encuentra matriculado en los mismos y que cursa tales estudios en horario matutino. Si el alumno está matriculado en un centro de Excelencia o Tecnificación Deportiva, certificado de matriculación en dicho centro.
- En el caso de alumnos en centros educativo-terapéuticos, certificado del Director o Coordinador del centro educativo-terapéutico en el que se haga constar que el alumno recibe atención educativa de la unidad escolar de apoyo y los días o períodos del curso escolar en el que se presta dicha atención.
- Información empadronamiento de municipios de la comunidad distintos a la capital.
Normativa
- Orden 4013/2023, de 17 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso 2023-2024 y se establece el período subvencionable (BOCM nº 255, de 25 de octubre).
- Orden 3750/2022, de 1 de diciembre, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones relativo a la concesión directa de ayudas individualizadas al transporte escolar correspondiente a los cursos 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025 (BOCM nº 298, de 15 de diciembre).
- Acuerdo de 13 de mayo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas para el transporte escolar (BOCM nº 152, de 24 de junio).
- Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas para el transporte escolar (BOCM nº 290,de 5 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Listas de admitidos o excluidos estarán a disposición de los interesados para su consulta en las respectivas Direcciones de Área Territorial y en los Las respectivos centros educativos.
- Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la puesta a disposición de los interesados de las listas para subsanar o mejorar la solicitud.
- Propuesta de resolución
- Corresponderá a la Dirección de Área Territorial correspondiente.
- Resolución del procedimiento
- Corresponde al Consejero competente en materia de educación.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Tres meses
Calendario de actuaciones
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11/04/2024Listas definitivas de beneficiarios y excluidos
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 12 de abril al 13 de mayo de 2024
Orden 1238/2024, de 27 de marzo, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades
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22/01/2024Lista provisional de admitidos y excluidos. Se abre plazo de subsanación del 23 de enero al 5 de febrero de 2024
- Si se consignó el teléfono móvil y/o correo electrónico, recibirá un mensaje con un código que podrá utilizar para acceder. Consulta individualizada en el siguiente enlace
- También podrán informarse del resultado de su solicitud, en las Direcciones de Área Territorial y en los respectivos centros educativos.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 27/10/2023 Fecha de fin: 20/11/2023
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud