Última actualización: 16/10/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 26/09/2025 Fecha de fin: 01/12/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 26/09/2025 Fecha de fin: 01/12/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 26/09/2025 Fecha de fin: 01/12/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A845
  • Descripción

    Ayudas para financiar la prestación de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos a mancomunidades o municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a los 2.500 habitantes.

    Son subvencionables los gastos derivados de la recogida y transporte de residuos domésticos de las fracciones de bolsa resto, envases, papel y cartón, biorresiduos, residuos de construcción y demolición de obra menor, y puntos limpios, producidos durante el año 2025.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 26/09/2025 Fecha de fin: 01/12/2025

Personas destinatarias

Municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a 2.500 habitantes:

  • Agrupados o mancomunados para la recogida y transporte de los residuos domésticos.
  • Excepcionalmente, no mancomunados.

Requisitos

  1. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y de la Comunidad de Madrid, así como frente a la Seguridad Social.
  2. Estar al corriente de la obligación de rendir sus cuentas anuales a la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.
  3. No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Certificado del Secretario que justifique el Servicio de recogida a realizar adjuntando un presupuesto de los trabajos de forma pormenorizada.
  2. Certificación del Secretario Mancomunidad/Agrupación o municipal en la que conste los acuerdos de la entidad local o del órgano municipal competente aprobando la solicitud de subvención y cantidad que se solicita de forma pormenorizada.
  3. Memoria sobre la prestación de los servicios de recogida y transporte de residuos domésticos.
  4. Certificado acreditativo de haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en los términos previstos en la Orden de 14 de enero de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales de las Entidades Locales de la Comunidad de Madrid beneficiarias de subvenciones.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

  • Área de Infraestructuras
  • Dirección: Calle Alcalá 16, Planta 1
  • Teléfono: 914382577
  • Correo electrónico: areainfra@madrid.org
  • Horario de atención: de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.

Las solicitudes se tramitarán y resolverán siguiendo el orden riguroso de entrada, en función de la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid. La subvención se otorgará a las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos, mientras se encuentren dentro de los límites del crédito presupuestario declarado disponible.

El órgano responsable del estudio y valoración de los expedientes podrá realizar consultas y pedir información o documentación complementaria si lo considera necesario para su comprensión y evaluación.

Si el importe solicitado es inferior al que resulte de aplicación en función de los criterios de cálculo previstos, podremos modificarlo de oficio para adecuarlo al importe correcto de la subvención. Esta modificación deberá ser confirmada por la entidad solicitante antes de la propuesta de resolución.

La dirección general competente emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención. En la orden se indicará la cuantía de la ayuda concedida, forma de pago, plazo de justificación y las demás circunstancias exigibles para el cobro, recursos y cuantas condiciones particulares deban cumplir las entidades beneficiarias.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

4 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Acuerdo de 11 de noviembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a 2.500 habitantes, para la recogida y transporte de los residuos domésticos.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Transición Energética y Economía Circular

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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