Última actuación

  • 23/03/2023
    Presentación de la memoria justificativa de la concesión. El plazo de la justificación comienza doce meses después de la concesión y tiene una duración de dos meses.

    La presentación de la justificación de la subvención se realizará mediante mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de subvención

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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Si alguno de los solicitantes presentara su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica considerándose a estos efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación. En caso de incumplimiento, se considerará no presentada la solicitud procediéndose a su archivo previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el plazo de un mes tras la notificación de la orden de concesión y previo al pago de la ayuda se aportarán los siguientes documentos:

  1. Acreditación de haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, mediante la presentación, dentro del plazo de un mes a contar desde la notificación de la orden de concesión, de la copia del Plan de Prevención de Riesgos Laborales o certificado de vigencia del mismo debidamente firmado por la entidad de prevención o técnico autorizado.
  2. Selección de participantes en los itinerarios individualizados mediante la presentación del Anexo VII (Participantes seleccionadas).

Pago de las subvenciones

  1. Una vez dictada la resolución, se procederá al pago anticipado de la totalidad del importe de la subvención de conformidad con los términos y condiciones previstos en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto la entidad beneficiaria no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudora por resolución firme de procedencia de reintegro.

Nuevamente, deberán aportarse en la fase de pago los certificados de hallarse al corriente de obligaciones con la Agencia tributaria y con la Seguridad Social cuando no se haya autorizado expresamente la consulta (Agencia Tributaria) o se haya indicado oposición a la consulta (Seguridad Social) siempre que los certificados presentados/consultados no se hallen vigentes. Incluir resolución modificadora, en su caso.

 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Dos meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 28 de diciembredel Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para el año 2022 subvenciones para la realización del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Calendario de actuaciones

  • 23/03/2023
    Presentación de la memoria justificativa de la concesión. El plazo de la justificación comienza doce meses después de la concesión y tiene una duración de dos meses.

    La presentación de la justificación de la subvención se realizará mediante mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de subvención

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 01/02/2022 Fecha de fin: 28/02/2022

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Anexo VIII. Contenido mínimo sobre competencias digitales básicas (Alfabetización digital)
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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/03/2024
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