Información
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas desempleadas mayores de 52 años.
Requisitos
- Tener cumplidos 52 años o más en el momento de presentar la solicitud.
- Estar cursando un itinerario del catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo con las siguientes características:
- Modalidad presencial.
- Impartido en centros con ofertas formativas financiadas por la Comunidad de Madrid.
- Prescrito por el personal orientador de una oficina de empleo de la Comunidad de Madrid.
- Estar inscrito como demandante de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Asistir al menos al 75 por ciento del total de las horas programadas, tanto de la parte teórica como de las prácticas.
- Presentar la solicitud en un plazo máximo de 30 días desde que finaliza el curso por completo, incluida la parte práctica si la tiene.
- Acreditar la autorización de representación a favor del centro de formación, si este presenta la solicitud en nombre de la persona solicitante.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Informe del orientador de una oficina de empleo de la Comunidad de Madrid en el que conste la denominación y código de la especialidad del SEPE.
- En su caso, Anexo de otorgamiento de representación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE.
- Periodo de inscripción como demandante de empleo, SEPE.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas a personas desempleadas, mayores de 52 años, que cursen itinerarios del catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo en centros con ofertas formativas financiadas por la Comunidad de Madrid (BOCM nº 1, de 2 de enero de 2026).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Formación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez completada, la dirección general competente en formación para el empleo emitirá la propuesta de resolución. En base a esta propuesta, la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención, que comunicaremos a la persona solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Estrategia y Cooperación
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud