Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

La Dirección General responsable en materia de agricultura, evaluará, tramitará y resolverá las solicitudes de inversiones en establecimientos ubicados en su territorio.

En los casos de operaciones de comercialización desvinculadas físicamente de la bodega y en todos los casos de operaciones de comercialización en otros Estados miembros, los interesados deberán presentar la correspondiente solicitud ante el órgano competente de la comunidad autónoma en que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del solicitante.

Las solicitudes se examinarán y requerirán al solicitante, en su caso, la presentación de la documentación o información a subsanar, o de la adicional pertinente.

La Dirección General responsable establecerá una selección y priorización de las solicitudes de acuerdo con los criterios de priorización y su ponderación establecidos. Los criterios de priorización hacen referencia a características del solicitante de la ayuda y a la operación de inversión.

Una vez remitidas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación las necesidades de financiación, se acordará en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural la asignación de fondos para la Comunidad de Madrid. Dichas necesidades se justificarán con base en el listado priorizado de solicitudes admisibles que alcancen los 25 puntos.

La Dirección General dictará las resoluciones correspondientes y las notificará a las personas beneficiarias.

En el caso de resolución positiva, en la resolución se indicará al menos lo siguiente: el importe de las inversiones consideradas subvencionables, la ayuda concedida y el calendario de ejecución aprobado.

En el plazo de un mes siguiente a la notificación de la resolución de concesión, el beneficiario deberá aportar:

  1. Una aceptación expresa de los términos de la concesión de la subvención.
  2. Un documento acreditativo del depósito de una garantía de buena ejecución, por un importe del 15 % del montante de la financiación comunitaria, con el fin de asegurar que el beneficiario ejecute las acciones que forman parte de la operación.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre , por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas:

  • un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar:

  • un recurso de reposición en cualquier momento, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 07/05/2025 Fecha de fin: 02/02/2026

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Priorización de solicitantes y operaciones
Descargar
250.07 KB
Documento de comunicación, visibilidad y transparencia del PEPAC
Descargar
907.74 KB
Modelo de placa de publicidad
Descargar
59.32 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 07/05/2025
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