Última actuación
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30/10/2026
Apertura del plazo de subsanación de la justificación
Se abre plazo de subsanación del 30 de octubre al 15 de diciembre de 2026.
Accede a los formularios disponibles en "Acciones sobre la solicitud" dentro de "Tramitación".
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Tramitación
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a entidad solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
El personal técnico estudiará e informará los expedientes por orden de entrada. El único criterio para priorizar es la fecha de presentación de la solicitud. Para ello, se considera la fecha en la que el expediente esté completo.
El órgano instructor propondrá la concesión de las ayudas a las solicitudes que cumplan los requisitos, hasta que se agote el presupuesto de la convocatoria. Con esta propuesta, la persona titular de la consejería responsable (o el órgano en el que delegue) resolverá la concesión o denegación de las ayudas mediante una única orden. Esta orden se notificará a todas las mancomunidades solicitantes.
Solicitud de pago de la subvención destinada a sufragar gastos corrientes de las mancomunidades de municipios
Documentos anexos disponibles
Plazos y efectos del silencio administrativo
Plazo máximo de resolución
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 218/2022, de 27 de mayo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a sufragar los gastos corrientes de las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad de Madrid.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden de resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Requerimiento previo a la vía contencioso-administrativa en el plazo de 2 meses.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Requerimiento previo a la vía contencioso-administrativa en el plazo de 2 meses.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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30/10/2026
Apertura del plazo de subsanación de la justificación
Se abre plazo de subsanación del 30 de octubre al 15 de diciembre de 2026.
Accede a los formularios disponibles en "Acciones sobre la solicitud" dentro de "Tramitación".
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08/06/2026
Fase de justificación
Se abre plazo de justificación de la subvención del 8 de junio al 15 de octubre de 2026.
Accede a los formularios disponibles en "Acciones sobre la solicitud" dentro de "Tramitación".
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Plazo de presentación de solicitudes
Fecha de inicio: 20/01/2026 Fecha de fin: 09/02/2026
Contacto y ayuda
Órgano responsable
- Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
- Viceconsejería de Presidencia y Administración Local
- Dirección General de Reequilibrio Territorial
Última actualización: 30/10/2026