Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez recibida la solicitud en la unidad de tramitación se comprobará si está completa con toda su documentación. En caso contrario se requerirá la documentación restante, dando un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para que la aporte.

Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber sido atendido el requerimiento, se declarará el desistimiento de la solicitud.

Los expedientes completos se estudiarán e informarán por los técnicos por orden de entrada. El único criterio de priorización aplicable es la fecha de presentación de la solicitud. A estos efectos se considera la fecha en la que el expediente esté completo.

El órgano instructor propondrá la concesión de los que cumplan los requisitos hasta agotar el crédito presupuestario de la convocatoria. A la vista de esta propuesta se resolverá la concesión o denegación de las ayudas por el consejero u órgano en el que delegue mediante una orden que será notificada a todos los solicitantes.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

4 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas por la Unión Europea – NextGenerationEU (C4.I4b).

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden de resolución, o no se publica en el plazo establecido, puedes presentar:

  • Un requerimiento previo a la vía contencioso-administrativa ante el mismo órgano que dicta la orden, en el plazo de 2 meses, o bien
  • Un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses si el acto es expreso, o de 6 meses en caso contrario.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 26/06/2025 Fecha de fin: 16/07/2025

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Relación de municipios – Anexo I
Descargar
374.64 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 17/07/2025
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