Última actuación

  • 01/10/2025
    Fase de justificación de la subvención (2ª anualidad)

    Se abre plazo de justificación de la subvención del 2 de octubre al 17 de noviembre de 2025.

    Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de "Solicitud de pago" ubicado en la sección Tramitar, y a los modelos de "Listado de justificantes y diferencias (Anexos 1 y 2)" y "Relación de ofertas de moderación de costes" ubicados en la sección Anexos.

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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

El procedimiento de concesión de esta línea de ayuda será el de concurrencia no competitiva.

Instrucción y evaluación:

El órgano instructor verificará la admisibilidad de las solicitudes presentadas a través de la comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiario de la subvención y los requisitos para considerar la inversión subvencionable. 

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos preceptivos, se requerirá a los interesados, para que, en el plazo de diez días, subsanen la falta o acompañe los documentos preceptivos.

En esta fase se deberá comprobar que las actividades presentadas por el beneficiario en los programas anuales cumplen con el control de moderación de costes, con carácter general con mínimo tres ofertas presentadas de diferentes proveedores, que serán claras, comparables y suficientemente detalladas. Cuando se presente un número de ofertas menor al requerido el solicitante deberá justificarlo adecuadamente. La moderación de costes propuestos podrá ser determinada por un comité de evaluación del centro gestor.

Para el estudio de los expedientes se podrán realizar visitas a las instalaciones de los solicitantes, así como requerir la información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión y evaluación de los mismos.

Los Servicios Técnicos de la Dirección General responsable en materia de ganadería., una vez revisados los expedientes, emitirán informe de valoración de cada uno de ellos, que será remitido al Comité Técnico.

Con el fin de evaluar las solicitudes de ayuda a partir de los informes propuestos del órgano instructor, se crea un Comité Técnico, que estará formado por el Jefe de División de Ayudas FEADER o el funcionario de la Dirección General que éste designe, que ejercerá de Presidente, cuatro funcionarios de la Dirección General  responsable , con categoría, al menos nivel 24, y un Técnico de la Dirección General  designado por su titular, que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

Resolución:

El órgano competente para resolver las solicitudes de ayuda será el titular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a propuesta del órgano instructor, que resolverá mediante orden motivada la aprobación o denegación de cada una de las solicitudes de ayudas.

La resolución de concesión expresará que estas actuaciones se subvencionan en virtud de la intervención 6505.2 “Actividades de conservación de recursos genéticos-NO SIGC” del Plan Estratégico de la PAC de España 2023-2027 y, asimismo se establecerá la cuantía de la subvención concedida desglosando la cofinanciación, concepto, forma de abono, plazo de justificación, y cuantas otras circunstancias sean precisas para el cobro de la misma, como la necesidad de que el beneficiario de la ayuda cumpla los requisitos de publicidad de las ayudas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Calendario de actuaciones

  • 01/10/2025
    Fase de justificación de la subvención (2ª anualidad)

    Se abre plazo de justificación de la subvención del 2 de octubre al 17 de noviembre de 2025.

    Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de "Solicitud de pago" ubicado en la sección Tramitar, y a los modelos de "Listado de justificantes y diferencias (Anexos 1 y 2)" y "Relación de ofertas de moderación de costes" ubicados en la sección Anexos.

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 02/09/2024 Fecha de fin: 20/09/2024

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 01/10/2025
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