Información
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Asociaciones, federaciones y confederaciones que desarrollan su actividad comercial o de servicios en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Agrupar mayoritariamente a empresas cuya actividad se encuadra dentro de las siguientes agrupaciones del Impuesto de Actividades Económicas:
- 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes).
- 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente).
- 66 (comercio mixto integrado al por menor fuera del establecimiento comercial permanente).
- 691 (reparación de artículos eléctricos para el hogar, vehículos automóviles y otros bienes de consumo).
- 971 (lavanderías, tintorerías y servicios similares).
- 972 (salones de peluquería e institutos de belleza).
- 973.1 (servicios fotográficos).
- 975 (servicios de enmarcación).
- Representar un 30 por ciento como mínimo del total de agrupaciones representadas en la asociación, si se trata de asociaciones multisectoriales (asociaciones que agrupan diversos sectores profesionales del comercio y servicios indicados en el apartado anterior.
- Desarrollar actuaciones de:
- Fomento de las actividades de digitalización e incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en beneficio y mejora de la actividad de sus socios.
- Promoción con la finalidad de promover la apertura y revitalización de los establecimientos comerciales y de servicios, de aprovechar las sinergias con el turismo, así como otras actuaciones similares con los diversos sectores de actividad.
- Los establecimientos o puntos de venta participantes deben:
- Ser empresas y socias de las entidades beneficiarias.
- Como mínimo 15 asociadas.
- Tener el domicilio de su actividad en la Comunidad de Madrid.
- La solicitante debe tener sede social y fiscal en la Comunidad de Madrid.
- No incurrir en alguna de las circunstancias incluidas en la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, así como con la Seguridad Social.
- Indicar los siguientes datos en la solicitud:
- El importe de la ayuda solicitada.
- El código de cuenta bancaria IBAN.
- Declarar de forma responsable mediante el Anexo I:
- No se encuentra en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Las solicitudes de ayudas públicas, privadas o ambas presentadas y las que ha obtenido para la financiación del proyecto. Debe tenerse en cuenta que la suma de la cuantía de esas ayudas no debe superar el 100 por 100 del total del presupuesto del proyecto.
- El total de ayudas de minimis recibidas no debe superar los 300000 euros durante cualquier período de 3 años, independientemente de su objeto y forma, así como de la Administración concedente.
- Se compromete a comunicar otras solicitudes presentadas ante cualquier organismo en el presente año, así como las ayudas concedidas, a partir de la fecha de solicitud.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Estatutos actualizados de la entidad solicitante y sus modificaciones, debidamente inscritos, o documento acreditativo de la solicitud de inscripción de los mismos para Asociaciones, Federaciones o Confederaciones de nueva constitución, en el Registro correspondiente (Art.9.6.a.).
- Certificación del acuerdo, o copia del mismo, de los órganos competentes de la Asociación, Federación o Confederación por el que se decide solicitar la ayuda (Art.9.6.b).
- Certificado acreditativo del número de socios de la entidad solicitante y de que sus actividades están incluidas en el art. 4.1 a) de las bases reguladoras (Art.9.6.c).
- Declaraciones Responsables (Anexo I) (Art.9.6, d., e., f., y g.).
- Declaración responsable acreditativa de su capacidad de financiación del 100 por 100 de la inversión, con indicación de la procedencia de dicha financiación (Art.9.6.h.).
- Memoria descriptiva y justificativa de la acción o acciones para la que se solicita la subvención (Art.9.6.i.).
- Índice detallado de los textos a incluir en folletos o material promocional (Art.9.6.j.).
- Presupuesto desglosado de los gastos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.k)
- En su caso, presupuesto desglosado de los ingresos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.l.)
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (Art.9.6.m) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)( (Art. 9.6.m.).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Las entidades beneficiarias están sujetas a las obligaciones que establece la normativa de subvenciones.
Normativa
- Extracto de la Orden de 3 de febrero de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2026 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios (BOCM nº 36, de 12 de febrero).
- Orden de 3 de febrero de 2026 de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan ayudas para el año 2026 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios.
- Orden de 10 de mayo de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción y de proyectos para la digitalización del comercio minorista y los servicios (BOCM nº 122, de 23 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la comisión de evaluación determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general competente en comercio y servicios emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
El plazo de ejecución de los proyectos será desde el 1 de enero hasta el 31 de octubre del 2026 incluido.
El pago total de la subvención se realizará, previa justificación técnica y económica del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención.
El plazo para justificar la subvención será desde el día siguiente de la notificación de la concesión hasta el 13 de noviembre de 2026 incluido.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/02/2026 Fecha de fin: 12/03/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Subdirección General de Entidades Comerciales y Promoción
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud