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Tramitación
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes se revisa administrativa y técnicamente la documentación presentada, y se publica un listado de solicitudes con requerimiento de documentación susceptibles de subsanación, concediendo un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para la aportación de la documentación requerida. Una vez revisados todos los expedientes con sus subsanaciones, se publica un listado de beneficiarios y no beneficiarios y excluidos.
El procedimiento de concesión de las ayudas se realizará mediante concurrencia competitiva, según los criterios establecidos para la prelación de las solicitudes. Los beneficiarios tendrán un plazo de 6 meses desde la finalización de las obras para la justificación de su ejecución. El pago se realiza tras la justificación.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Plazo máximo de resolución
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras por la que se convocan para el año 2025 ayudas del programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, previstas en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
Calendario de actuaciones
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02/01/2026
Lista definitiva de beneficiarios
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22/10/2025
Listado de expedientes susceptibles de subsanación con requerimiento de documentación
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Plazo de presentación de solicitudes
Fecha de inicio: 27/05/2025 Fecha de fin: 28/07/2025
Última actualización: 02/01/2026