Información y documentación
Información
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Empresas vinícolas constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
- Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de productores vitivinícolas,
- Organizaciones interprofesionales
- Organizaciones profesionales que ejercen su actividad mayoritariamente en el sector del vino y que tienen entre sus fines estatutarios la realización de actividades de promoción.
- Órganos de gestión y de representación de las Denominaciones de Origen Protegidas o Indicaciones Geográficas Protegidas, así como sus asociaciones.
- Las asociaciones temporales o permanentes de productores que tienen entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización del vino.
- Cooperativas que comercializan vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
- Entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tienen entre sus fines la promoción exterior de los vinos.
- Organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción y comunicación de productos y mercados en terceros países, solo si dicho organismo no es el único beneficiario de la ayuda.
Requisitos
- Ser una entidad de alguno de los tipos establecidos en el apartado destinatarios.
- Tener su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
- Demostrar, en función del personal de que disponen, y, en su caso, del tamaño de la empresa y su experiencia profesional en los últimos años, que tienen acceso a la suficiente capacidad técnica para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y que cuentan con los recursos financieros y de personal suficientes para asegurar que la intervención de promoción se aplica lo más eficazmente posible.
- Garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos para asegurar la respuesta a largo plazo frente a las demand as que se puedan generar como efecto de la promoción realizada una vez concluida.
- Presentar junto a la solicitud de ayuda una declaración responsable de no haber recibido doble financiación o ayudas incompatibles.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- No encontrarse en proceso de haber solicitado la declaración de concurso voluntario.
- No haber sido declarada insolvente en cualquier procedimiento.
- No hallarse declarada en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio.
- No estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitada.
- No estar incursas en alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones..
- No haber creado artificialmente las condiciones exigidas para cumplir los criterios de admisibilidad o de prioridad establecidos en la normativa reguladora.
- Cumplir con los requisitos de admisibilidad para la intervención inversiones en el marco de la Intervención Sectorial Vitivinícola (ISV).
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Formulario I del beneficiario.
- Formulario II del programa.
- Anexo I: Cuadro recapitulativo por país (xls).
- Anexo II: Cuadro recapitulativo global (xls).
- Anexo III: Declaración Responsable que asume el beneficiario, Reglamento Delegado (UE) 2021/2115.
- Anexo IV. Declaración responsable PYME.
- Memoria detallada de todas y cada una de las acciones/actuaciones, sub-acciones y públicos objetivos que integran el programa.
- Cuadro de seguimiento de públicos objetivos.
- Certificación de cumplimiento del requisito Art. 13.3 bis Ley 38/2003 (declaración responsable y certificado auditor, si no presenta cuentas abreviadas).
- Declaración Responsable de Fondos Propios para garantizar la ejecución del programa.
- Declaración Responsable de no haber solicitado/recibido ayudas incompatibles.
- Declaración Responsable Matriz-Filial.
- Cuadro de Moderación de Costes acompañado de las tres ofertas correspondientes o declaraciones responsables de no poder aportarlas por estar sujetos a contratos de exclusividad con importador/proveedor (quedan excluidos de la presentación de tres ofertas en fase de solicitud únicamente los vuelos y los hoteles).
- Respaldo documental de las fuentes de financiación: póliza de préstamo, póliza de crédito, escritura de ampliación de capital, desembolsos realizados en caso de ampliación de capital, etc.
- Certificado bancario de titularidad de la cuenta única dedicada en exclusiva al proyecto de inversión.
- Copia del número de Registro Sanitario de la empresa.
- Certificado vigente de adscripción a la DOP/IGP/Comité de Agricultura Ecológica correspondiente.
- Última declaración de producción de vino presentada por el solicitante o contratos de producción a maquila/comercialización.
- Certificado emitido por la Seguridad Social relativo al n.º de trabajadores de la empresa.
- Certificación actualizada del registro correspondiente en la que se especifique fecha de constitución, objeto, capital y sede social, formación del Consejo de Administración o Junta Directiva y, así como poder suficiente a favor del firmante. En caso de aportar escrituras, estas no deben tener una antigüedad superior a un año; de lo contrario, se aportará certificación actualizada emitida por el Registro Mercantil.
- Últimas tres declaraciones del Impuesto de Sociedades (modelo 200-201) o, en su defecto, balance económico y cuentas de explotación del último año.
- En el caso de sociedades participadas o vinculadas por otra u otras en cuantía igual o superior al 25%: Última declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200-201) o, en su defecto, balance económico y cuentas de explotación del último año de la empresa o empresas partícipes.
- En el caso de apoderamiento o autorización para la presentación de documentación y/o tramitación de la ayuda, poder notarial o autorización expresa firmada por el representante legal de la empresa donde se identifique con nombre completo, apellidos y DNI al autorizado.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI del representante o persona autorizada de la sociedad o entidad.
- NIF de la sociedad o entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago con la SS.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Orden 3550/2026, de 29 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria (FEAGA 2027) de ayudas a las actividades de promoción y comunicación llevadas a cabo en terceros países en la Comunidad de Madrid, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía Agraria (FEAGA) (BOCM n.º 241, de 9 de octubre).
- Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (BOE n.º 257, de 26 de octubre).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE n.º 276, de 18 de noviembre).
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
La Dirección General responsable:
- Examinará las solicitudes de ayuda en cuanto a su conformidad con esta sección, y requerirá al solicitante, en su caso, la presentación de la documentación o información a subsanar, o de la adicional pertinente, y las evaluará de acuerdo con las siguientes etapas:
- Fase de verificación de la admisibilidad: se comprobará el cumplimiento de los requisitos exigidos en la línea de promoción y comercialización en terceros países, así como que los costes propuestos no superan los precios normales de mercado.
- Fase de priorización, solo aplicable a los programas que hayan superado la fase anterior. La puntuación se adjudicará de acuerdo con los criterios del anexo XXIV «Criterios de priorización». Serán excluidos los programas cuya puntuación no alcance 25 puntos.
- Elaborará una lista de programas admisibles, ordenada con base en la puntuación obtenida al aplicar la ponderación de los criterios de prioridad del anexo XXIV «Criterios de priorización». Una vez remitidas al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación las necesidades de financiación, se acordará en la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural la asignación de fondos para la Comunidad de Madrid. Dichas necesidades se justificarán con base en el listado priorizado de solicitudes admisibles que alcancen los 25 puntos.
- Dictará las resoluciones correspondientes y las notificará a las personas beneficiarias.
En el plazo de un mes siguiente a la notificación de la resolución de concesión, el beneficiario deberá aportar la siguiente documentación:
- Una aceptación expresa de los términos de la concesión de la subvención.
- Un documento acreditativo de la Dirección General responsable.
- El depósito de una garantía de buena ejecución.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/10/2026 Fecha de fin: 10/11/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud