Última actuación

  • 30/06/2025
    Fase de justificación de la subvención

    Se abre plazo de justificación de la subvención a partir del 1 de julio de 2025.

    Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de "Justificación del gasto (Anexo I)" ubicado en la sección Tramitar, y al modelo de "Relación de gastos (Anexo II)" ubicado en la sección Anexos.

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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez recibida la solicitud en la unidad de tramitación se comprobará si está completa con toda su documentación. En caso contrario se requerirá la documentación restante, dando un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para que la aporte. 

Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber sido atendido el requerimiento, se declarará el desistimiento de la solicitud. 

Los expedientes completos se estudiarán e informarán por los técnicos por orden de entrada. El único criterio de priorización aplicable es la fecha de presentación de la solicitud. A estos efectos se considera la fecha en la que el expediente esté completo.

El órgano responsable puede solicitar informe:

  1. A la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) sobre concesiones de otras ayudas para comprobar su compatibilidad.
  2. De acumulación de ayudas de minimis, si las ayudas estuvieran acogidas a un régimen de minimis.
  3. De inexistencia de sanciones e inhabilitaciones que impidan adquirir la condición de beneficiario.

Todo ello sin perjuicio de las declaraciones que debes presentar al solicitar la ayuda.

El órgano instructor propondrá la concesión de los que cumplan los requisitos hasta agotar el crédito presupuestario declarado disponible. A la vista de esta propuesta se resolverá la concesión o denegación de las ayudas por el Consejero mediante una orden única que será notificada a cada uno de los interesados.

Notificada la concesión de la subvención, se procederá de oficio a tramitar el pago de la subvención con carácter anticipado por el 100 por cien de la ayuda concedida, con exención de garantías para el beneficiario.

Justificación del gasto (Anexo I)

Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Documentos anexos a la solicitud

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Acuerdo de Consejo de Gobierno por el que se aprueban las normas reguladoras de las ayudas para el fomento de la actividad comercial en municipios de la Comunidad de Madrid con población inferior a 1.000 habitantes.

Calendario de actuaciones

  • 30/06/2025
    Fase de justificación de la subvención

    Se abre plazo de justificación de la subvención a partir del 1 de julio de 2025.

    Pulsa TRAMITAR para acceder al modelo de "Justificación del gasto (Anexo I)" ubicado en la sección Tramitar, y al modelo de "Relación de gastos (Anexo II)" ubicado en la sección Anexos.

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Preguntas frecuentes
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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 25/08/2025
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