Descripción
-
ReferenciaA854
-
Descripción
Adjudicación de viviendas públicas de la Agencia de la Vivienda Social en el municipio de Majadahonda mediante sorteo.
En total se adjudican 180 viviendas de dos dormitorios con trastero y garaje.
El sorteo se realiza ante notario y se divide en tres cupos:
- Personas menores de 40 años (108 viviendas).
- Personas con movilidad reducida (8 viviendas).
- Personas que no están incluidas en los cupos anteriores (64 viviendas).
La participación en esta adjudicación permite solicitar también la inclusión en el proceso de Adjudicación de una vivienda social a personas en situaciones de especial necesidad.
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 23/10/2025 Fecha de fin: 13/11/2025
Personas destinatarias
Unidades familiares de entre 1 y 3 personas.
Requisitos
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- Acreditar unos ingresos anuales:
- Como mínimo de 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
- Como máximo de 3,5 veces del mismo indicador.
- Estar empadronado en Majadahonda desde hace al menos 10 años de forma ininterrumpida.
- No ser propietario ni tener derecho de uso sobre otra vivienda en España. No se aplica este requisito en los siguientes casos:
- Disponer como máximo del 50 por ciento de una vivienda heredada.
- No tener adjudicado el uso de la vivienda familiar por sentencia judicial de separación o divorcio o por resolución judicial en un proceso de familia, siempre que no sea titular de otra vivienda.
- Tener adjudicado el uso conjunto de una vivienda en casos de custodia compartida.
- Mujeres víctimas de violencia de género que no pueden destinar su vivienda a domicilio habitual como consecuencia de esta situación.
- No haber sido adjudicatario de vivienda pública en los últimos 10 años.
- No estar ocupando una vivienda sin título legal y sin el consentimiento de su titular.
- Presentar un dictamen de necesidad de vivienda adaptada emitido por el Centro Base de reconocimiento correspondiente, si se opta al cupo de movilidad reducida.
- Indicar en la solicitud si solicita también la inclusión de su expediente en el procedimiento de adjudicación de vivienda pública por Especial Necesidad.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Ten en cuenta
Solo es necesario entregar la documentación acreditativa de las circunstancias particulares de cada unidad familiar.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea o de otros estados miembros del Espacio Económico Europeo y documento nacional de identidad o pasaporte de su país de origen o tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
- Certificado acreditativo del estado civil expedido por el Registro Civil, legalizado y traducido en el caso de documentos extranjeros.
- Certificado emitido por el Registro de Uniones de Hecho de otras Administraciones.
- En defecto de certificado acreditativo del estado civil o del certificado literal electrónico de la inscripción de nacimiento de los hijos, copia del libro de familia completo.
- Personas separadas y/o divorciadas: copia de la demanda, convenio regulador y sentencia de resolución judicial, o en su caso documento notarial.
- Personas tuteladas: documento acreditativo de la tutela.
- Acreditación judicial de ostentar la guarda y custodia de los menores de edad de parejas de hecho disueltas, a través de las medidas paterno-filiales establecidas por el Juzgado.
- Personas en estado de gestación: certificado médico acreditativo.
- Víctimas de Violencia de género o por otras causas: Título habilitante que acredite la condición de víctima.
- Dictamen técnico facultativo acreditando la necesidad de vivienda adaptada y/o la necesidad de ayuda de tercera persona si concurre dicha circunstancia.
- Título válido de ocupación de la vivienda de actual: contrato de alquiler y 3 últimos recibos, y/o escrituras o nota simple del Registro de la Propiedad y consentimiento de uso del propietario de la vivienda.
- Permiso de circulación del vehículo/s y tarjeta/s de inspección técnica de vehículos propiedad de los mayores de 18 años, si no han presentado declaración de la renta.
- Certificado original de empadronamiento, con indicación de las fechas de altas y bajas, así como antigüedad de todas las personas que convivan en la vivienda.
- Declaración responsable (Anexo modelo 751FA1).
- Documento de autorización consulta de datos (Anexo modelo 751FA3).
- Solo en caso de haber marcado la casilla para incluir la solicitud en el procedimiento de Especial Necesidad:
- Personas dependientes: Resolución del reconocimiento de la situación de dependencia conforme a la legislación vigente.
- Certificado de la(s) empresa(s) de los ingresos percibidos.
- Informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
- Personas desempleadas de larga duración: Acuerdo personal de empleo, o en su caso, compromiso de la actividad, conforme a la legislación vigente.
- Personas desempleadas de larga duración: Informe de periodos de inscripción emitidos por la Oficina de empleo del Servicio de Empleo Público Estatal.
- Certificado de empresa(s) en la(s) que preste sus servicios, donde conste localización de la empresa y antigüedad en la misma.
- Personas emigrantes retornadas originarias o antiguas residentes de la Comunidad de Madrid: Certificado de residencia emitido por la representación diplomática o consular española correspondiente a su lugar de residencia en el exterior.
- Personas emigrantes retornadas originarias o antiguas residentes de la Comunidad de Madrid: Baja consular indicando el período de estancia en el país.
- Personas refugiadas: Resolución del Ministerio del Interior de concesión de Estatuto de Refugiado.
- Personas sin hogar: Certificado de períodos de estancia en establecimientos de la “Red de Atención a Personas sin Hogar” de la Comunidad de Madrid.
- Declaración responsable para acreditar necesidad de vivienda y otras circunstancias personales y familiares” y la documentación acreditativa que se señala en la misma (Anexo modelo 751FA2).
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- DNI o NIE y Tarjeta de Identidad o residencia de extranjero.
- Certificado emitido por el Registro de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid..
- Certificado literal electrónico de la inscripción de nacimiento de los hijos.
- Certificado del grado de discapacidad emitido por el Centro Base Comunidad de Madrid.
- Certificado del grado de discapacidad emitido por el Centro Base de otra comunidad autónoma. Indicar comunidad autónoma de expedición.
- Certificado de la Dirección General de Tráfico de la titularidad de vehículos de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.
- Certificado de las prestaciones del INSS de los ingresos percibidos.
- Certificado de la prestación “Renta Mínima de Inserción” (RMI), de los ingresos percibidos.
- Certificado de titularidades en el Registro Propiedad de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años.
- Certificado que acredite un periodo de la vida laboral comprendido en los últimos cinco años.
- Certificado de titularidad emitido por el Catastro.
- Datos de residencia con fecha de última variación padronal y convivencia del Ayuntamiento de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Declaraciones de la renta de los ejercicios fiscales con plazo de presentación vencidos, necesarios para la tramitación del expediente o en su caso certificados negativos.
- Declaraciones de la renta de los ejercicios fiscales con plazo de presentación vencidos, necesarios para la tramitación del expediente o en su caso certificados negativos del resto de miembros de la unidad familiar mayores de 18 años
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Selecciona una de estas dos opciones:
- Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes acudir a:
- Oficina de Vivienda
- Dirección: Calle Braganza, S/N. 28025 Madrid
- Horario de atención: lunes a viernes de 09:00 a 14:00
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
A continuación, publicaremos en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, en el calendario de actuaciones de este trámite y en la página web del Ayuntamiento de Majadahonda la lista provisional de solicitudes, admitidas y excluidas del sorteo, con la causa de exclusión. La lista estará ordenada por los cupos previstos.
Se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación para que las personas excluidas puedan subsanar (corregir) el defecto que causa su exclusión. Si no lo hacen, entenderemos que renuncian a su solicitud.
Las personas que detecten errores en sus datos personales tendrán el mismo plazo para solicitar su corrección.
Una vez valoradas las subsanaciones y alegaciones recibidas, publicaremos la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas en el sorteo, en los mismos lugares señalados para la lista provisional. Cada persona admitida tendrá asignado el número con el que participará en el sorteo. También anunciaremos la fecha y lugar de celebración del sorteo.
El sorteo será público y se realizará ante notario. Se efectuará por parte del Ayuntamiento de Majadahonda con todas las garantías de seguridad y rigor.
Primero se celebrará el sorteo correspondiente al cupo de menores de 40 años. La persona que tenga asignado el número extraído al azar, así como los 107 siguientes números serán las beneficiarias de las viviendas.
Las personas que no resulten beneficiarias en este cupo pasarán a participar automáticamente, en ese mismo acto y con su mismo número, en el sorteo del cupo general que se realizará a continuación.
Será beneficiaria la persona que tenga el número extraído para el cupo general, así como las que tengan los 63 siguientes números sucesivos.
Por último, se realizará el sorteo del cupo de movilidad reducida utilizando el mismo sistema. Será beneficiaria la unidad familiar que tenga el número extraído, así como las que tengan los 7 siguientes numéricamente sucesivos.
En todos los casos, las viviendas se irán asignando por el orden establecido en la convocatoria.
Las personas solicitantes admitidas que no resulten beneficiarias pasarán a integrar la lista de reserva de su cupo. El orden de la lista de espera se establecerá a partir del número siguiente al último adjudicatario de cada sorteo.
Una vez finalizado el sorteo, aprobaremos y publicaremos las listas definitivas de beneficiarias y las listas de reserva.
A continuación, procederemos a comprobar que las personas adjudicatarias cumplen los requisitos y a formalizar los contratos de arrendamiento.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Acceso al trámite de recurso de alzada
Normativa
- Resolución de 3 de octubre de 2025, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se aprueban la convocatoria y las bases para la realización de un sorteo para la adjudicación de 180 viviendas de titularidad pública, en régimen de arrendamiento, sitas en la Parcela RO-8 del término municipal de Majadahonda, al amparo del Convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la Agencia de Vivienda Social, y el Ayuntamiento de dicho municipio (BOCM nº 252, de 22 de octubre).
Órgano Responsable
Te puede interesar
Adjudicación de una vivienda social a personas en situaciones de especial necesidad
07 junio 2016Plazas de garaje en venta (adjudicación directa) del Plan Aparca de la Agencia de Vivienda Social
31 octubre 2018Adjudicación de viviendas por emergencia social (Decreto 52/2016, de 31 de mayo)
07 junio 2016Ayudas al alquiler de vivienda (2021)
27 abril 2021Ayudas al alquiler de vivienda (2019)
24 Mayo 2019
Las viviendas de este sorteo proceden del Programa de Ayudas en materia de Rehabilitación Residencial y Vivienda Social del Plan Next Generation financiado por la Unión Europea.
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).