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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
- La autorización del uso de la denominación y símbolos de la Comunidad de Madrid sólo se otorgará cuando no dé lugar a posibles confusiones o interpretaciones inconvenientes en el sentido que representan los símbolos mencionados.
- No podrán aplicarse como distintivo único para denominar o expresar marcas, productos o servicios.
- Deben, en todo caso constituir un elemento accesorio de la marca o distintivo principal.
Información adicional
El Consejero de Economía podrá revocar cualquier autorización para el uso de la denominación o de alguno de los símbolos de la Comunidad de Madrid en marcas o signos distintivos de productos, mercancías y servicios cuando de ellas se haga un uso indebido.
Normativa
- Decreto 103/1994, de 20 de octubre, por el que se regula la utilización de la denominación y símbolos de la Comunidad de Madrid en marcas y signos distintivos de productos, mercancías y servicios. (BOCM de 25 de noviembre de 1994)
- Resolución de 27 de septiembre de 2010, por la que se publica modelo de impreso correspondiente al procedimiento de “Autorización para la utilización de la denominación y símbolos de la Comunidad de Madrid en marcas y signos distintivos de productos, mercancías y servicios” (BOCM nº 255, de 25 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Secretaría General Técnica de Economía
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Dos meses
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud