Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Solicitud

Consulta el estado y evolución

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación
  • Únicamente se tramitarán las solicitudes de reconocimiento de trienios presentadas por trabajadores temporales que acrediten una prestación de servicios superior a tres años, salvo que haya mediado una interrupción superior a tres meses, en cuyo caso solo se computarán los servicios posteriores a la misma, procediéndose a su desestimación en los demás casos.
  • El reconocimiento de trienios efectuado con arreglo al procedimiento fijado solo causará efectos en el contrato durante cuya vigencia se solicite y, en ningún caso, implicará antigüedad en los servicios prestados a los efectos del cálculo de la indemnización prevista en el apartado del artículo 56.1.a) del Estatuto de los Trabajadores.
  • Reconocidos los trienios, la percepción económica a que diere lugar dicho reconocimiento y el devengo de los siguientes se tramitará conforme a las reglas establecidas convencionalmente para los trabajadores fijos.
  • Cada nueva contratación exigirá un nuevo reconocimiento de acuerdo con el procedimiento establecido en la presente Orden.
Documentos anexos a la solicitud

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 18/10/2024
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