Última actuación
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02/02/2026Relación provisional de admitidos y excluidos
Se abre plazo de subsanación del 3 al 16 de febrero de 2026.
Accede a los formularios disponibles en "Acciones sobre la solicitud" dentro de "Tramitación".
Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria.
- Personal funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- Personal funcionario de carrera o en prácticas del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, del Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional y del Cuerpo de Maestros.
- Personal integrante de las listas vigentes de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad de la Comunidad de Madrid, de cualquiera de los cuerpos recogidos en los apartados anteriores.
- Personal docente de religión en las etapas de Educación Infantil, Primaria o Secundaria que se encuentra en uno de los siguientes casos:
- Trabaja en centros públicos.
- Dispone de un compromiso de propuesta para la docencia por la autoridad religiosa correspondiente, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
Requisitos para solicitar la habilitación por estar en posesión de titulaciones o certificados
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, dado que el desempeño de las labores propias de los puestos docentes implica contacto habitual con menores. Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios. El personal docente está obligado a comunicar las sentencias firmes en caso de haber sido condenado por los delitos mencionados. Este requisito se debe acreditar mediante los siguientes documentos:
- La certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. No es necesario aportarlo en caso de autorizar su consulta.
- La certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de nacionalidad. Si el certificado no está en lengua castellana, debe aportarse una traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
- Estar en posesión de alguno de los títulos o certificados de conocimientos de idiomas que acreditan un nivel de conocimiento de la lengua extranjera correspondiente, equivalente al C1 o C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), que se recogen en el anexo III de la convocatoria. Es importante tener en cuenta lo siguiente:
- Dichos títulos o certificados deben tener una antigüedad inferior a 5 años en la fecha de presentación de la solicitud. No se tiene en cuenta esa antigüedad si se solicita la habilitación en la lengua materna.
- Si la denominación del título o certificado no coincide con los recogidos en el anexo III, su validez depende del informe favorable de la dirección general competente en bilingüismo.
- Se exige un nivel de competencia comunicativa C1 en cada una de las cuatro destrezas descritas por el MCER:
- Comprensión de lectura.
- Comprensión auditiva.
- Expresión escrita.
- Expresión oral.
- Si la institución evalúa una quinta destreza, el nivel exigido también es C1.
Requisitos para solicitar la habilitación por superación de pruebas
- No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, dado que el desempeño de las labores propias de los puestos docentes implica contacto habitual con menores. Este requisito deberá mantenerse durante la prestación de los servicios. El personal docente está obligado a comunicar las sentencias firmes en caso de haber sido condenado por los delitos mencionados. Este requisito debe acreditarse mediante los siguientes documentos:
- La certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales. No es necesario aportarlo en caso de autorizar su consulta.
- La certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de nacionalidad. Si el certificado no está en lengua castellana, debe aportarse una traducción oficial o jurada (realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente).
- Haber alcanzado un nivel de competencia comunicativa B2 o superior del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), en la lengua extranjera correspondiente. Es importante tener en cuenta que:
- Se exige un nivel de competencia comunicativa B2 en cada una de las cuatro destrezas descritas por el MCER:
- Comprensión de lectura.
- Comprensión auditiva.
- Expresión escrita.
- Expresión oral.
- El cumplimiento de este requisito debe acreditarse mediante la presentación de alguno de los certificados o títulos que se recogen en el anexo I de la convocatoria.
- Las personas candidatas con nacionalidad de un país cuya lengua oficial es la lengua solicitada están exentas de presentar la documentación indicada en el apartado anterior.
- Se exige un nivel de competencia comunicativa B2 en cada una de las cuatro destrezas descritas por el MCER:
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Documentación acreditativa de la nacionalidad.
- Acreditación de compromiso de propuesta para la docencia por la autoridad religiosa correspondiente.
- Documentación justificativa de los requisitos para funcionarios sin destino en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
- Documento de otorgamiento de la representación, en su caso.
- Titulación mínima para formar parte del proceso por superación de pruebas de conocimientos (Anexo I).
- Exención de la primera fase de la prueba de conocimientos (Apartado B del Anexo II).
- Obtención de la habilitación por titulación o certificado (Apartado B del Anexo III).
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Titulación o certificación objeto de consulta conforme al apartado A del Anexo II para la exención de la primera fase de la prueba de conocimientos.
- Titulación o certificación objeto de consulta conforme al apartado A del Anexo III para la obtención de la habilitación por titulación o certificado.
- DNI o NIE de la persona interesada.
- DNI o NIE de la persona representante.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
La prueba de conocimientos se desarrolla en dos fases:
- Primera fase:
- Consiste en una prueba que mide el grado de competencia comunicativa en lengua extranjera alcanzado en las siguientes destrezas:
- Comprensión lectora.
- Expresión escrita.
- Comprensión auditiva.
- Grado de conocimientos adquiridos sobre gramática y vocabulario.
- Están exentas de participar en esta fase las personas que cumplen los siguientes requisitos, por lo que accederán directamente a la segunda fase:
- Estar en posesión de alguno de los títulos o certificados enumerados en el anexo II, si lo han obtenido hace más de 5 años.
- Haber superado la primera fase de la prueba en alguno de los tres procedimientos convocados inmediatamente anteriores a este.
- Haber expirado la vigencia de la habilitación lingüística en el correspondiente idioma obtenida con anterioridad.
- Si las personas participantes superan la primera fase de esta prueba, pero no obtienen la habilitación lingüística, estarán exentas de realizar esta fase en las 3 convocatorias siguientes.
- Consiste en una prueba que mide el grado de competencia comunicativa en lengua extranjera alcanzado en las siguientes destrezas:
- Segunda fase:
- Consiste en una entrevista en la lengua extranjera objeto de la convocatoria, cuya finalidad será la valoración de las destrezas comunicativas de los candidatos en dicha lengua, que, como vehículo de transmisión de los conocimientos curriculares exigidos, deberán permitirles expresarse con fluidez y precisión.
- Las características generales de las 2 fases de la prueba de conocimientos se establecen en la siguiente tabla:
| Partes de la prueba | Duración aproximada | Formato | |
|---|---|---|---|
| Primera Fase | Comprensión de textos escritos | 100 minutos | Tareas sobre textos escritos en la lengua extranjera objeto de la convocatoria |
| Gramática y vocabulario | Ejercicios de gramática y vocabulario tomando como punto de partida textos escritos en la lengua extranjera objeto de convocatoria | ||
| Comprensión de textos orales | 30 minutos | Tareas sobre textos orales (grabaciones) en la lengua extranjera objeto de convocatoria | |
| Producción de textos escritos | 50 minutos | Redacción de una composición de 250 a 275 palabras en lengua extranjera objeto de convocatoria | |
| Segunda Fase | Expresión oral | De a 10 a 20 minutos | Entrevista con el tribunal sobre temas de actualidad o relacionados con el sistema educativo en la lengua extranjera objeto de convocatoria |
Normativa
- Resolución de 22 de diciembre de 2025, conjunta de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en lenguas extranjeras, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 6, de 8 de enero).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Solicitudes para habilitación por estar en posesión de titulaciones o certificados
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, nos pondremos en contacto con la persona solicitante mediante alguno de los medios indicados en la solicitud para que subsane (corrija) lo necesario Una vez completada, emitiremos la resolución favorable o desfavorable de habilitación lingüística y se lo comunicaremos a la persona solicitante.
Además, al finalizar esta convocatoria, publicaremos el listado de las personas habilitadas por este procedimiento.
Solicitudes para habilitación por superación de pruebas
Una vez finalizado el plazo para presentar las solicitudes, publicaremos las listas provisionales de personas admitidas y excluidas. Las listas indicarán las causas de exclusión y las personas exentas de realizar la primera fase de la prueba.
Las personas excluidas tendrán un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para subsanar las solicitudes desde el día siguiente a la fecha de publicación.
Una vez examinada cada solicitud, publicaremos las listas definitivas de personas admitidas y excluidas con las causas de exclusión.
Finalizado el desarrollo de las pruebas, los tribunales elaborarán la lista provisional de las personas candidatas que han superado las pruebas. Dichas listas ordenadas por orden alfabético se expondrán en el tablón de anuncios de las sedes.
Las personas interesadas dispondrán de 2 días hábiles para presentar alegaciones contra esta lista provisional, en la misma sede del tribunal. Las alegaciones deberán dirigirse por escrito al presidente del tribunal.
Una vez examinadas las alegaciones, los tribunales propondrán la lista definitiva de personas candidatas que han superado las pruebas a la dirección competente en recursos humanos. Finalmente, las direcciones generales competentes en bilingüismo y en recursos humanos emitirán una resolución conjunta de aprobación de la lista definitiva, que publicaremos en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Puedes realizar este trámite sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al de su publicación.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no se ha publicado.
Calendario de actuaciones
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02/02/2026Relación provisional de admitidos y excluidos
Se abre plazo de subsanación del 3 al 16 de febrero de 2026.
Accede a los formularios disponibles en "Acciones sobre la solicitud" dentro de "Tramitación".
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Documentos de interés
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Subdirección General de Gestión Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial
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