Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y elige una opción de presentación:

  1. Solicitud 
    1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
    2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
    3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
  2. Aplicación SAMO (sólo empresas con acceso a esta aplicación).
    1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
    2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
    3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Solicitud
Acceso a la aplicación (sólo empresas con acceso a SAMO)

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, puedes acceder al servicio de consulta de situación de expedientes o visualizarlo en la propia aplicación SAMO, desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez recibida la solicitud, se examina y se comprueba que la documentación aportada es correcta y está completa. 

En caso necesario, se requerirá su subsanación o que aporte la información que sea necesaria. 

Si los datos de la solicitud y la documentación presentada son correctos, se emitirá resolución favorable antes de la fecha y hora de salida del traslado del fallecido. La resolución determinará las medidas que haya que adoptar en cada caso.

Si la resolución es desfavorable o no recibe respuesta de la Unidad Técnica competente, no se podrá llevar a cabo el traslado.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:

  • 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
  • En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.

Acceso al trámite de recurso de alzada.

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Guía Consenso Sanidad Mortuoria
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257.27 KB

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 05/12/2025
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