Información
Información
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TasaRequiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Empresas operadoras titulares de una autorización de explotación de máquina de juego y de azar.
Requisitos
- Estar inscrito en el Registro del Juego, Sección empresas.
- El modelo de la máquina debe estar homologado e inscrito en el Registro del Juego de la Comunidad de Madrid, Sección material de juego.
- El intercambio debe ser entre una máquina autorizada y otra del mismo tipo que no tiene autorización.
- El modelo de la nueva máquina debe estar homologado e inscrito.
- Estar al corriente de pago de la tasa fiscal de la máquina que se da de baja.
- Pagar la tasa administrativa por la tramitación de la autorización del canje.
- Indicar en la solicitud:
- Datos de la empresa operadora.
- Datos de la persona representante, en su caso.
- Datos de la máquina que se da de baja.
- Datos de la máquina que se da de alta.
Documentación
Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Certificado de fabricación de la nueva máquina.
- Factura de adquisición u otro documento admitido en derecho que acredite la transmisión de la máquina.
- Copia simple notarial de los poderes otorgados por la empresa operadora, en caso de que sea necesario.
- Justificante de pago de la tasa.
- Justificante de pago de la tasa fiscal correspondiente a la máquina que se da de baja.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
- Dirección: Calle Ventura Rodríguez, 7. 28008 Madrid
- Teléfono: 91 580 30 89
- Correo electrónico: gestionjuego@madrid.org
Normativa
- Decreto 73/2009, de 30 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid y se modifican otras normas en materia de juego (BOCM de 13 de agosto de 2009).
- Ley 6/2001, de .3 de julio, del Juego en la Comunidad de Madrid (BOCM de 4 julio de 2001).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Secretaría General Técnica de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
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Renovación de la autorización de explotación de máquinas recreativas y de juegoPagar tasa 17.28€
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Paga la tasa y guarda el justificante.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, se revisa su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la empresa solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
Una vez comprobado que todo es correcto y que se ha pagado la tasa fiscal de la máquina sustituida, emitiremos la resolución de explotación de la nueva máquina y se lo comunicaremos a la empresa solicitante.
La empresa operadora debe acreditar la destrucción de la máquina sustituida. Para ello, debe aportar uno de los siguientes documentos, en el plazo de 1 mes desde su sustitución:
- Certificado del fabricante, importador, comercializador o distribuidor.
- Acta notarial u otro documento para acreditar la inutilización, desguace o destrucción de la máquina sustituida, o bien su depósito con estos últimos fines.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la resolución.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Acceso al trámite de recurso de alzada.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud