Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud
Documentos anexos a la solicitud

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.

Una vez evaluada cada solicitud conforme a los criterios de valoración, el órgano colegiado de valoración determinará las cuantías que corresponden a cada entidad solicitante de acuerdo con las cantidades solicitadas, la valoración obtenida y el crédito disponible.

La dirección general competente emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.

En las publicaciones y medios de difusión de cualquier tipo que se utilicen para dar publicidad al carácter público de la financiación de los proyectos, debe especificarse que estos cuentan con la subvención de la Consejería de Sanidad o la Dirección General de Salud Pública

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses.

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 897/2019, de 19 de julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad de Madrid para la realización de actividades en materia de promoción de la salud en e l ámbito municipal.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 01/10/2026 Fecha de fin: 15/10/2026

Contacto y ayuda

Contacto

Órgano responsable

  • Consejería de Sanidad
  • Viceconsejería de Sanidad
  • Dirección General de Salud Pública

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 01/10/2026

Este proyecto ha sido subvencionado por la Dirección General de Salud Pública/Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.

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