Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
- Entidades sin ánimo de lucro
- Agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro
Requisitos
- Estar legalmente constituidas y constar inscritas en el registro que le corresponde de acuerdo con su naturaleza jurídica.
- Desarrollar su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
- Carecer de ánimo de lucro y disponer de plena capacidad jurídica y de obrar.
- Tener fines institucionales recogidos en sus estatutos o normas fundacionales adecuados a la finalidad de la subvención y a las actividades subvencionables.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo si están exentas.
- No tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid, excepto si están debidamente garantizadas.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Llevar a cabo el tratamiento de los datos de carácter personal.
- Cofinanciar la inversión necesaria para financiar el proyecto solicitado, en la parte no cubierta por la ayuda.
- El personal que trabaja en contacto con menores de edad en el desarrollo de las actividades no debe haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual y trata de seres humanos. El personal voluntario debe cumplir este requisito también.
- Si el personal voluntario del proyecto tiene antecedentes penales por delitos de uno o varios de los siguientes tipos, estos deben estar cancelados:
- Violencia doméstica o de género.
- Atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos.
- Tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas.
- Terrorismo.
- Presentar una única solicitud por entidad. Por tanto, una misma entidad no puede solicitar la subvención de forma individual y además en agrupación con otras entidades.
- Indicar los siguientes datos en el formulario de solicitud que corresponde según la persona solicitante:
- Solicitud individual para una entidad:
- Entidad solicitante.
- Persona de contacto (si no coincide con el representante legal).
- Denominación del proyecto.
- Coste del proyecto (debe coincidir con el indicado en la memoria del proyecto).
- Cuantía solicitada (debe ser inferior al 80 por cien del coste del proyecto).
- Solicitud para agrupación de entidades:
- Entidad que actúa como representante de la agrupación.
- Datos de las entidades integrantes de la agrupación:
- NIF.
- Nombre.
- Porcentaje del importe total de la subvención solicitada (debe indicarse 0 por ciento si su aportación o colaboración no implica gastos).
- Datos de una persona de contacto (si no coincide con el representante legal).
- Código de cuenta bancaria IBAN.
- Si ha solicitado otras ayudas públicas o privadas para desarrollar el proyecto solicitado.
- Solicitud individual para una entidad:
Documentación
Solicitud individual
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Memoria del proyecto.
- Memoria general de la entidad.
- Estatutos de la entidad.
- Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro correspondiente de la Comunidad de Madrid o en el de ámbito estatal.
- Documentación acreditativa de la capacidad de representación legal de la entidad.
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas y justificante de pago o, en su caso, documentación acreditativa de estar exento del pago de dicho impuesto.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Solicitud para agrupaciones de entidades
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Documentos que han de aportar cada uno de los miembros de la agrupación, junto con la solicitud:
- Memoria general de la entidad.
- Estatutos de la entidad.
- Documentación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro correspondiente de la Comunidad de Madrid o en el de ámbito estatal.
- Documentación acreditativa de la capacidad de representación legal de la entidad
- Autorización para consulta de datos personales.
- Declaración responsable por cada una de las entidades distintas a la que actúa en representación de la agrupación.
- Último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas y justificante de pago o, en su caso, documentación acreditativa de estar exento del pago de dicho impuesto.
- Documentos únicos para toda la agrupación:
- Documentación acreditativa de la delegación en favor de la entidad que actúa en representación de la agrupación.
- Memoria del proyecto.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Los proyectos se valorarán con arreglo a los siguientes criterios:
- Calidad técnica del proyecto (hasta un máximo de 70 puntos).
- Valoración de la entidad (hasta un máximo de 15 puntos).
- Viabilidad del proyecto (hasta 15 puntos).
Cada proyecto podrá alcanzar un máximo de 100 puntos. La entidad solicitante debe obtener al menos los siguientes puntos:
- 50 puntos para ser beneficiaria de la subvención.
- 40 puntos en el apartado “Calidad técnica del proyecto”.
Normativa
- Extracto de la Orden 2277/2026, de 21 de julio de 2026, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid para el 2027. (BOCM nº 219, de 14 de septiembre).
- Orden 2277/2026, de 21 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid para 2027.
- Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 227, de 23 de septiembre).
- Orden 2268/2024, de 19 de julio, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se modifica la Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 186, de 6 de agosto).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, se entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general competente en juventud emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención, que notificaremos electrónicamente a las entidades solicitantes.
El pago total de la subvención se realizará, previa justificación de la realización del campo de voluntariado juvenil. El plazo para justificar la subvención será de 3 meses desde que finalizó el campo de voluntariado.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses.
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 15/09/2026 Fecha de fin: 28/09/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Área de formación y programas
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud