Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

Presentación digital

Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
  3. Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
  4. Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.

Presentación presencial

Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
  4. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Solicitud

Para hacerlo de forma presencial: Acceder al formulario

Consulta el estado y evolución

Publicaremos las novedades de la convocatoria en el calendario de actuaciones de este trámite. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te informemos de cada publicación si te has suscrito a este servicio.

También podrás consultar el estado de tu solicitud a través de las Direcciones de Área Territorial o de tu centro educativo.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.

A continuación, elaboraremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Publicaremos las listas provisionales anonimizadas (sin datos personales que pueden identificar a una persona concreta) en cada Dirección de Área Territorial y las enviaremos a los centros docentes para su consulta.

En ese momento se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación para hacer los siguientes trámites:

  • Subsanar (corregir) la solicitud y la documentación presentada. Si la persona solicitante no subsana la solicitud, entenderemos que desiste de su solicitud.
  • Alegar si no está conforme con el resultado. En ese caso, es preciso tener en cuenta que los documentos justificativos aportados deben tener fecha anterior a la fecha de fin de plazo de solicitud.

Finalizado dicho plazo, la Propuesta de resolución corresponderá a la Dirección de Área Territorial correspondiente.

La Resolución de concesión de la ayuda corresponde a la persona titular de la consejería competente. Publicaremos la resolución de concesión de la ayuda en cada Dirección de Área Territorial y la enviaremos a los centros docentes para su consulta. La resolución incluirá las listas definitivas anonimizadas de:

  • Personas beneficiarias.
  • Personas excluidas con el motivo de la exclusión.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Acuerdo de 31 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras para la concesión directa de ayudas individualizadas de desayuno escolar a los alumnos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que dispongan del servicio de desayuno escolar, pertenecientes a familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o del Ingreso Mínimo Vital, durante el período lectivo del curso escolar.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución: 

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 26/05/2026 Fecha de fin: 15/06/2026

Contacto y ayuda

Contacto

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 26/05/2026
¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar