Última actuación
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31/07/2026Corrección de errores en los listados provisionales y definitivos de admitidos y excluidos
Puedes presentar recurso de alzada del 1 de agosto al 1 de septiembre de 2026, contra:
Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Deportistas de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar empadronado en algún Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid, al menos, desde el 1 de enero de 2025.
- Disponer de licencia en vigor por alguna federación deportiva madrileña con la que ha representado a la Comunidad de Madrid y a la Selección Española, al menos desde el 1 de enero de 2025.
- No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Haber obtenido en el año 2025 alguno de los siguientes resultados:
- Ser medallista individual en Campeonato de España en el caso de deportes individuales.
- Ser medallista por equipos en el caso de los deportes de equipo.
- Estar entre los tres primeros del "ranking" nacional.
- Ser medallista en competición internacional de primer nivel.
- En el caso de que en la federación no exista "ranking" nacional, estar entre los tres primeros españoles en el respectivo "ranking" internacional. Se considera ranking el documento que contiene la clasificación de los deportistas de una modalidad deportiva, especialidad o prueba que establece de manera única y oficial la respectiva entidad federativa u organismo legalmente reconocido.
- Declarar en la solicitud otras subvenciones, ayudas e ingresos, derivados directa o indirectamente del ejercicio de la actividad deportiva obtenidos en 2025.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado de empadronamiento al menos desde el 1 de enero de 2025.
- Copia del pasaporte en vigor del solicitante.
- Certificado de la federación correspondiente según el impreso denominado “Certificado de la Federación".
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Copia del DNI.
- En el caso de actuar mediante representante, copia del DNI de la persona representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 392/2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales (BOCM nº 66, de 19 de marzo).
- Orden 392/2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales.
- Orden 1659/2017, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1853/2016, de 9 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales (BOCM nº 121, de 23 de mayo).
- Orden 1853/2016, de 9 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a deportistas madrileños por participar en competiciones deportivas oficiales (BOCM nº 149, de 24 de junio).
- Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid (BOE nº 85, de 10 de abril).
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
A continuación, publicaremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación. Si la entidad solicitante no subsana la solicitud, entenderemos que renuncia a su solicitud.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará el listado de personas beneficiarias de la subvención y el importe asignado a cada una.
La dirección general competente en deportes emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería responsable dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 20/03/2026 Fecha de fin: 13/04/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Unidad Técnica de Deporte Federado
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Deportes
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud