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Personas destinatarias
Profesorado de Religión con contrato laboral indefinido que imparte enseñanzas no universitarias en centros públicos docentes dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.
Requisitos
Permisos parcialmente retribuidos:
- Ser profesor de religión con relación laboral indefinida.
- Prestar servicios en centros públicos de la Comunidad de Madrid.
- Contar con al menos 15 años de antigüedad como profesor de religión con contrato indefinido en la Administración educativa.
- No haber cumplido los cincuenta y cinco años a 31 de agosto de 2026.
- No estar cumpliendo sanción con motivo de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave.
- No estar incurso en un procedimiento de incapacidad para el servicio.
- Adquirir el compromiso de no ocupar, durante el último curso de disfrute del permiso, un puesto en los términos previstos en la resolución.
- No haber disfrutado de licencias por estudios o licencias sin retribución, durante los anteriores cinco cursos escolares.
Licencias sin retribución:
- Ser profesor de religión con relación laboral indefinida.
- Prestar servicios en un centro de la Comunidad de Madrid.
- Contar con al menos 15 años de antigüedad como profesor de religión con contrato indefinido en la Administración educativa.
- No estar cumpliendo sanción con motivo de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave.
- No estar incurso en la tramitación de un expediente de incapacidad para el servicio.
- No haber disfrutado de licencias por estudios o permisos, retribuidos o no, que supongan períodos en que no se imparta docencia durante un curso escolar durante los anteriores cinco cursos escolares.
- No haber disfrutado de otras licencias sin retribución en los últimos 10 años.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Permisos parcialmente retribuidos:
- Declaración responsable de no ocupar, durante el último curso de disfrute del permiso, un puesto en los términos previstos en el apartado 2.2 de la base segunda de la presente resolución.
- Documento de otorgamiento de la representación.
- Licencias sin retribución:
- Documento que acredite la causa de solicitud de la licencia sin retribución (estudios u otras causas justificadas).
- Documento de otorgamiento de la representación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o NIE del solicitante.
- DNI o NIE del representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan permisos parcialmente retribuidos a partir del curso 2026-2027, así como licencias de un curso sin retribución para el curso 2026-2027, para el profesorado de Religión con contrato laboral indefinido que imparte enseñanzas en centros públicos no universitarios dependientes de Consejería de Educación, Ciencia y Universidades (BOCM nº 63, de 16 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez finalizado el plazo de solicitud:
- Publicación de las listas provisionales de permisos y licencias concedidas y denegadas. Plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) a partir del día siguiente a su publicación para presentar escrito de alegaciones.
- Publicación de las listas definitivas de permisos y licencias concedidas y denegadas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al de su publicación.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no se ha publicado.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 17/03/2026 Fecha de fin: 15/04/2026
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Contacto
Subdirección General de Gestión del Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud