Última actuación
-
27/11/2025Resolución de la convocatoria
Puedes presentar recurso de reposición del 28 de noviembre al 29 de diciembre de 2025 frente a la Dirección General de Juventud.
Información y documentación
Personas destinatarias
Pueden proponer candidaturas las propias personas interesadas o cualquier otra persona física.
Requisitos
- Presentar a una persona candidata que cumpla los siguientes requisitos:
- Tener una edad comprendida entre los 14 y 30 años, ambos incluidos.
- Ser titular del Carné Joven Comunidad de Madrid.
- Tener su domicilio en la Comunidad de Madrid.
- No presentar dos candidaturas en la misma modalidad.
- Una misma persona puede presentarse o ser propuesta a dos o más modalidades con la misma candidatura. En este caso, el Jurado decidirá la modalidad más acorde con la candidatura.
- Entregar junto a la solicitud una Memoria con las siguientes características:
- Estar elaborada siguiendo las indicaciones del modelo disponible.
- Reflejar, como mínimo, los méritos en que se fundamente la solicitud.
- Ir acompañada de cualquier tipo de documento que acredite cada uno de los méritos alegados y, opcionalmente, de los apoyos a la candidatura, tanto de personas físicas como jurídicas, que serán libremente valorados por el jurado atendiendo a su relevancia.
- La Memoria y sus documentos y material complementario no pueden superar las 5 páginas.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Memoria individualizada.
- Documentación que acredite cada uno de los méritos alegados.
- Apoyos a la candidatura.
- Otros documentos justificativos de la pretensión de acceder a estos premios.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF o NIE del candidato.
- En su caso, NIF o NIE del representante.
- En su caso, NIF o NIE del promotor.
- Volante de empadronamiento.
- Justificante de ser titular del Carné Joven Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
El importe total de la subvención es de 60.000 euros.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Coordinación y Cooperación Juvenil
- Calle General Diaz Porlier, número 35, 28001, Madrid
- Correo electrónico: programa.carnejoven@madrid.org
- Teléfono: 915437412
Normativa
- Extracto de la Orden 2036/2025, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2025 (BOCM nº 167, de 15 de julio).
- Orden 1339/2021, de 14 de mayo, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los Premios Talento JovenCarné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 126, de 28 de mayo).
- Orden 3279/2019, de 19 de noviembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 287, de 3 de diciembre).
- Orden 782/2018, de 9 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 172, de 20 de julio).
- Orden 1089/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 100, de 28 de abril).
- Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, por la que se crean los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid (BOCM nº 259, de 31 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Juventud
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Si eliges el correo certificado como medio de notificación al rellenar la solicitud, te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Si la documentación aportada está incompleta o tiene cualquier otro defecto te pediremos que la subsanes (corrijas) o que aportes los documentos necesarios en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).
Instruido el procedimiento, trasladaremos al Jurado las distintas candidaturas.
El jurado, una vez seleccionados los ganadores, elevará propuesta a la consejería competente en materia de juventud que resolverá mediante orden la concesión o denegación de los premios. El fallo del jurado será inapelable.
Plazos y efectos del silencio administrativo
4 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
-
27/11/2025Resolución de la convocatoria
Puedes presentar recurso de reposición del 28 de noviembre al 29 de diciembre de 2025 frente a la Dirección General de Juventud.
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 16/07/2025 Fecha de fin: 18/08/2025
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud