Última actuación

Ver calendario completo

Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Si la solicitud se presenta de forma presencial, se requerirá al interesado para que proceda a su subsanación a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya presentado la subsanación. En caso de incumplimiento, se procederá al archivo de la solicitud previa resolución.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, la documentación recibida fuese defectuosa o faltase alguno de los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si en un plazo de diez días hábiles no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

El órgano instructor del procedimiento será la Dirección General competente en materia de empleo. A la vista del expediente, llevará a cabo las actuaciones necesarias para comprobar y determinar los datos aplicando los criterios de valoración establecidos en la convocatoria. Se establecerá un orden de prelación de las solicitudes válidamente presentadas, según la puntuación total obtenida en la aplicación de los criterios de valoración, en virtud de los cuales formulará la propuesta de resolución. No será preciso fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos, para el caso de que el crédito consignado en la convocatoria fuera suficiente.

El órgano competente para la concesión de las subvenciones reguladas en la presente orden será la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo, que resolverá la concesión o denegación de la ayuda mediante orden motivada que se publicará en la sede electrónica.

Para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos, se notificará individualmente los Anexos que contengan los datos relativos a las personas objeto de la subvención. 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 8 de julio de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las Unidades de Apoyo a la Norma que regula en este trámite el efecto del silencio actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, del programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 27/12/2024
¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar